Si, es muy probable que sea tal y como te ha dicho el abogado, la empresa sabe por la mutua que te van a conceder una IPT y para evitar hacer todo el papeleo ha decidido seguir cotizando por ti durante estos días hasta que te llegue la resolución.Esto te pasa porque ya no debería de quedar mucho, si estuvieras al principio del expediente entonces sería otra cosa.Un saludo
Luz, ayer rectifique cuando pusisteis las fechas y te contesté exactamente lo que me acabas de poner tú.No tienes que reclamar nada a la mutua.Un saludo
Joer, que buena pinta tiene, últimamente cuando es denegada directamente de un día para otro te parece el expediente concluido con la denegacion.El tuyo va bien, con su punto 5 como debe de estar😃Un saludo
Si, incluso si lo tienen programado te debería de llegar mañana al cumplir hoy los 545 días y el Lunes debería de preparar la documentación la empresa para que solicites el pago directo.Si ves que el Lunes no te llega nada de nada entonces tienes que llamar al INSS o a la mutua para empezar a moverlo tú, aparte de a la empresa, claro Lo digo porque creo que tienes un tiempo determinado para solicitarlo.Un saludo
Hola Silvia, espera a la resolución, muchas veces salimos con una impresión negativa y luego es justamente lo contrario y al revés.Si ha sido revisión tienes que ir mirando en tu seguridad social que no desaparezca tú pensión, tardan mucho más en enviarte la resolución que en quitarla de tu seguridad social.Ánimo
Hola Martín, lo más seguro que cuando llegues a esos 545 días la empresa deje de cotizar por ti y te liquide la por sete correspondiente de las pagas. Las vacaciones es un tema aparte, a algunos se las pagan en ese momento y a otros se las guardan hasta la resolución.Te va a tener que tocar pedir el pago directo hasta que no tengas resolución para seguir cobrando a la espera de que se concluya tú expediente.Un saludo
Pues ya depende de ti abrir y firmar esa que tienes pendiente. La que tienes que abrir seguro es la que te llegará el sábado o el lunes con la resolución.Un saludo
No te preocupes, es normal 😃 La resolución la cuelgan en notificaciones telemáticas de la seguridad social, pon eso en Google y te sale la página. Necesitas certificado digital y autofirma para verla.Si no lo tienes entonces tienes que esperar a la carta por correo certificado con la resolución o ir a un Caiss a pedirla junto con el informe de síntesis.Me imagino que el primer pago que te han puesto es desde el 9 de diciembre al 28 de febrero, hay vas a cobrar lo que te corresponde de absoluta por esos más de dos meses y media y le van a descontar lo que haya pagado la mutua.Marzo ya será el primer mes normal y cobraras esa absoluta sobre el día 25.Un saludo
Tranquila, deja que vaya pasando el día, poco a poco te irán poniendo en tu seguridad social los atrasos correspondientes y desde cuando tienen fecha de efectos económicos.Cuando tengas la resolución tendrás que avisar al trabajo de que te han concedido una absoluta con lo que ya no puedes trabajar pero te tienen que hacer reserva del puesto de trabajo por dos años, porque si el INSS prevé mejoría te la revisarán y te puedes quedar igual, o con una IPT o con nada.Y la mutua tendrá que pagarte los días de diferencia entre el último día que te pago y la fecha de efectos económicos de la resolución, pero eso se lo tienes que reclamar con la resolución.En resumen, que tienes que esperar a la resolución para ver qué pone y entonces empezar a moverte en un sentido u otro.Un saludo