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Participaciones del usuario Juanka99

Juanka99 18/03/09 15:14
Ha respondido al tema Alguien que haya completado la subrogación de hipoteca a Ibanesto
Hola, Sólo es para decirte que no son tontos y van sobre seguro. Como ya les había enviado una copia de las escrituras actuales sabía el valor aproximado de la vivienda, que ha resultado ser de 265.00€ despues de tasarla. Y como sólo tengo un capital pendiente de 70.000€, está claro que corren pocos riesgos, no? Salu2!
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Juanka99 18/03/09 11:54
Ha respondido al tema Es cierto lo que dicen de a hipoteca de Ibanesto?
Como he quedado para firmar el martes que viene, le he pedido a mi tutora que me envíe una copia de las escrituras un par de dias antes para echarle un vistazo y no ha puesto ningún inconveniente. Además te envían un documento dónde te explican todos los pasos hasta la firma y donde dice bien clarito que ibanesto se hace cargo de todos los gastos. Ya que cada uno haga lo que quiera. Yo voy a ahorrarme 130€ mensuales y uno-e me tendrá que devolver 3000€ del seguro de vida que me hicieron firmar y pagar cuando me fuí con ellos. Salu2!
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Juanka99 18/03/09 11:35
Ha respondido al tema Es cierto lo que dicen de a hipoteca de Ibanesto?
No, yo todavía no he firmado (firmo el martes que viene) pero tengo documentación y sé de gente ha ha firmado ya y no han pagado ni un duro. De todas formas espera que alguien confirme lo que te digo. Salu2!
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Juanka99 18/03/09 09:37
Ha respondido al tema Es cierto lo que dicen de a hipoteca de Ibanesto?
Es cierto que ibanesto se hace cargo de TODOS LOS GASTOS, incluída la comisión de subrogación. Es mentira que esta comisión la añadan al capital pendiente. Hay que ser muy despistado para no darte cuenta si te lo añadieran al capital pendiente, ya que además de la escritura de subrogación tendrías que firmar otra, ésta de novación por ampliación de capital. Lo dicho, Deutsche Bank intenta echar mierda encima de ibanesto para intentar retener a su cliente. Salu2!
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Juanka99 17/03/09 19:26
Ha respondido al tema Alguien que haya completado la subrogación de hipoteca a Ibanesto
A mi me enviaron la oferta vinculante ANTES de tasar la casa, que fué dos días después. Ahora faltan dos dias para que se cumpla el plazo legal de 15 días para que uno-e pueda enervar y ni siquiera ha remitido el certificado de deuda pendiente a ibanesto en los primeros 7 dias. El viernes saldré de dudas...
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Juanka99 17/03/09 15:16
Ha respondido al tema Interpretación Ley 2/1994, de 30 de Marzo
Pues yo lo veo bien claro. ¿Qué sentido le ves tú a la frase "Entregada la certificación" que va justo delante de del párrafo dónde se explica el derecho de la entidad acreedora a enervar? Si no fuera condición indispensable la entrega de la certificación, simplemente no haría mención alguna a ésta. Googleando he encontrado este documento: http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/ARTICULOS/mercadohipotecario/subrogacion-macampo.htm Échale un vistazo al punto 2, sobre todo al final del apartado b) de este punto, y me cuentas. Un saludo y gracias por tu interés.
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Juanka99 17/03/09 13:00
Ha respondido al tema Subrogacion a diferencial más alto (tengo suelo)
De las opciones que das la correcta es la a) Cuando intentas la subrogación a un banco que te ofrece un diferencial menor al que tienes actualmente, tu banco puede parar la subrogación igualando o mejorando las condiciones (con hacerlo con el diferencial es suficiente). Es lo que se llama derecho de enervación. Pero si quieres irte a otro banco que te da peores condiciones tu banco directamente lo impediría. Es más, no creo que ningún banco te ofereciera gestionarte la operación, ya que sería una pérdida de tiempo y dinero. El suelo, al igual que las vinculaciones, no se tienen en cuenta a la hora de comparar dos ofertas. Ya lo sé, es injusto, pero es lo que hay según la ley que han puesto nuestros gobernantes. Suerte!
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Juanka99 16/03/09 23:28
Ha respondido al tema Interpretación Ley 2/1994, de 30 de Marzo
Compañero, justo delante del párrafo que tu citas dice "Entregada la certificación,..." Es precisamente la frase que omites la que me hace pensar que si la entidad acreedora no entrega la certificación, no tendria derecho a enervar. ¿Alguien más piensa como yo?
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