Luis.diazch
02/08/11 12:12
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Sra. Marioli,
Las deudas prescriben a los 15 años de su vencimiento o de su reclamación, tomando en cuenta que el acreedor no hiciera nada en ese tiempo por intentar cobrar. Si hiciera algún intento, el plazo de prescripción podría interrumpirse y por tanto podría ser mayor que los 15 años indicados.
Con independencia que la ley actual, en virtud de un Decreto Ley aprobado el 6 de Julio de este año, el techo de inembargabilidad sube de los 647 € a mas de novecientos euros, con lo que mientras que su sueldo no sea superior a esta cantidad, no le embargarán. La cantidad que supere esa cantidad es embargable.
Que usted legalice su situación como pareja de hecho no hace que su pareja sea responsable de sus créditos. Su pareja sería responsable si hubiera firmado los contratos.
La mejor alternativa es negociar con los acreedores, pagar con acuerdos de reducción...
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