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Participaciones del usuario Manzanares - Fiscalidad

Manzanares 03/06/14 18:47
Ha respondido al tema Cuando las amortizaciones superan el valor de adquisición. Programa PADRE - declaración de la renta
Gracias por contestar. Mi tío la compró en los años 50. Era una vivienda con la renta congelada y de esas en que se subrogaba la mujer a la muerte del marido y luego el hijo/a (lo que luego se llamó renta antigua). Por entonces ya llevaban bastantes años congeladas las rentas así que se la compró al casero, que estaba harto, por el equivalente en ptas a 60€ (el valor actualizado con el coeficiente que corresponde: 79€). La inquilina (2ª subrogada) falleció el año pasado y mi tío vendió el piso. Lo que no sé es si estarán mal calculadas las amortizaciones, porque hasta el año inmediatamente anterior a la venta, se declaraba en los rendimientos por el alquiler como amortización el 3% del valor catastral de construcción (unos 8.000€ en 2012). Así que, solo con la amortización de 2012 (240€) ya supera el valor de adquisición actualizado. Mi duda es si poner directamente como valor de adquisición 0,00€ o poner una amortización en algún año tal que salga 0 directamente (por ejemplo, en 2012, 79€), porque, aunque en las casillas dará igual, supongo que esa información sí que se guardará en el código de puntos y supongo que puede llamar la atención que el piso haya sido adquirido por 0,00€.
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Manzanares 03/06/14 15:34
Ha respondido al tema Declaración de la Renta
Hola. Algo que tendrías que modificar es tu estado civil porque a 31 de diciembre ya estabas divorciada. Sobre todo lo demás, no te puedo ayudar. Saludos.
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Manzanares 24/09/11 23:18
Ha respondido al tema Permuta de garajes identicos
Si los propietarios fueseis padre e hijo y vivieseis en una Comunidad Autónoma de las que tienen bonificaciones del 99% en el impuesto de donaciones, os convendría hacer donación (tú donas tu plaza al otro y el otro te dona su plaza). Pero me imagino que no será el caso.
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Manzanares 01/09/11 00:01
Ha respondido al tema Contrato alquiler desde marzo-11, importe a pagar impuesto basuras?
Antes de pontificar hay que asegurarse: Artículo 20 LAU 29/1994. Gastos generales y de servicios individuales 1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. (...) Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinará el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración. (...) Es cierto que al que van a exigir el pago del IBI y de la tasa de basuras va a ser al propietario del piso, pero si en el contrato de arrendamiento se ha pactado que lo pague el arrendatario y este no se paga, el arrendador podría iniciar el procedimiento de desahucio.
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