Las multas pecuniarias prescriben a los cuatro años desde el día en que la multa es firme (independientemente de cuando se publique en el boletín oficial). Para las multas que no son pecuniarias el plazo de prescripción es de un año. En tu caso, si no es una multa pecuniaria esta prescrita, supongo que si que es una multa pecuniaria, por tanto prescribe el 12/12/2015. Saludos
Para este tipo de casos la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes hasta un máximo de 3 veces el número de referencia mediante el servicio RENØ. Aquí tienes el enlace:https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/dabodaboa73w
Efectivamente si no quieres tener problemas a la hora de pagar tus impuestos, lo mejor es que declares el valor que hacienda otorga a los bienes inmuebles. Como bien apuntas, cada Comunidad Autónoma fija unos valores cada año. Y para poder solicitar a la hacienda autonómica correspondiente el valor fiscal del inmueble puedes hacerlo desde su página web. (Si me dices de qué comunidad lo necesitas te lo enlazo). Recordarte que dicho valor tiene efectos vinculantes durante tres meses desde su notificación. También puede solicitarse la valoración por escrito (única posibilidad en Canaria sy en el País Vasco) Saludos
Buenos días, Personalmente no conozco empresas o personas que se dediquen a este servicio con especialización en inversiones extranjeras. De todas formas si vas a Hacienda ellos te suelen ayudar, aunque supongo que querrás un asesoramiento más exhaustivo.
No estoy segura al 100% ero creo que sí que es como dices, en la casilla dos solo se ponen aquellos rendimientos del trabajo, en los que se incluye la nómina, las vacaciones pero no la indemnización.
Tengo entendido que en principio la sustitutiva no está prevista para el modelo 200. El modelo 200 es una autoliquidación, no una declaración informativa, y por tanto prevé la posibilidad de hacer una complementaria (ingresar más o que te devuelvan menos). Si solo es para corregir datos que no afecten a la liquidación puedes hacerlo mediante escrito a la gestión tributaria. Saludos