A parte de la prestación contributiva están las ayudas o subsidios que se conceden cuando ya no tenes la prestación contributiva, las más conocidas son la la ayuda familiar, el subsidio por insuficiencia de cotización, el subsidio para mayores de 55 años, entre otras. Luego están las ayudas extraordinarias que se pueden solicitar cuando se han agotado todas las prestaciones y subsidios, las más conocidas son el Plan Prepara, la RAI o Renta Activa de Inserción (RAI) y la nueva ayuda del Programa de Activación. Para ver si estas en alguno de los supuestos para poder beneficiarte de algún subsidio o alguna prestación extraordinaria tendrías que exponer cuál es tu situación, es decir, tu hermano es menor, qué tipo de trabajo hacías, etc.
Para pedir la deducción por movilidad geográfica se deben de cumplir una serie de requisitos. Los requisitos que hay que cumplir son los siguientes: Haber estado inscrito en la oficina de empleo. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio. En tu caso los dos primeros los cumples sobradamente, pero el último no has comentado nada al respecto, por tanto, ¿has trasladado tu residencia habitual al municipio donde desarrollas tu nuevo puesto de trabajo?
Pues según he podido leer en el IRPF, el precio de venta no puede ser inferior al mayor de estos dos valores Valor teórico resultante del último balance cerrado con anterioridad a la fecha de devengo del Impuesto. Valor resultante de capitalizar al 20% el promedio de los resultados de los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha del devengo del Impuesto. Pero a la inversa no se muy bien cómo se debería de proceder, y teniendo en cuenta que las acciones que han cotizado en bolsa, pero que ahora no cotizan pueden ser transmitidas por el precio que libremente pacten las partes, sin ningún tipo de límite a priori, creo que la operación que pretendes llevar a cabo es totalmente posible.
Buenos días Nachete596. En principio la declaración conjunt aunicamente se puede hacer dentro de la unidad familiar, y tu ya no formas parte de la unidad familiar porque tienes más de 18 años. Por tanto, solo puedes declarar de forma individual. Otra cosa es que tu madre te queiera incluir o no en su declaración para desgravarse ella, en dicho caso se puede hacer si se cumple los requisitos: Hijo menor de 25 años. Conviviencia con los padres. Rentas inferiores a 8.000 euros anuales. No presente renta individual. En tu caso tampoco podría incluirte para desgravarse porque tampoco vives con ella, por tanto creo que a ti no te perjudicaría pues en princiìo de esta forma tus rentas son 0, cuando antes para la beca tenías unos ingresos de tu madre a ojos de las instituciones pública.
Por supuesto que podéis, siempre y cuando los requisitos de la edad los cumpláis y no tengáis hijos anteriores de la misma relación (la vuestra). Aunque tuvierais hijos de relaciones anteriores podríais acceder al tratamiento.
Desde el año 2012 se establecieron los siguientes límites: mujeres hasta 38-40 años (dependiendo de la CCAA), y hombres menores de 55 años. Con un máximo de tres ciclos y 4 si es una inseminación artificial. En el supuesto de inseminación artificial para acede al tratamiento tiene que tener menos de 38 años y tener una indicación terapéutica reconocida. También se excluye de poder acceder a la fecundación in vitro a aquellas personas que: Tengan un hijo sano com´n. Si podrán acceder para formar una nueva familia independientemente de que se tengan hijos de otras relaciones. Parejas con vasectomía o ligadura de trompas. Cualquier otra esterilización voluntaria.
¿Los que tienen un puesto como ministros o algún cargo sí, pero el resto del partido cobran del partido no? Y tal vez el sobrante lo donan directamente a la asociación que toque o al partido para que este lo done.
Pues supongo que dependerá de varios factores: - Si el sueldo lo perciben del estado o del partido. - Si lo reciben como rendimiento del trabajo y luego lo donan o si solo reciben como somo rendimiento los 2.200 dejando que el resto no entre en ningún momento en el patrimonio y que las arcas publicas tengan mayor cantidad. No se si podría haber otro factor que influya en cómo afecta o no este hecho a hacienda.