Marina Perales
12/05/16 09:17
Ha respondido al tema
Donación de nuda propiedad
Buenas tardes Ardel, En primer lugar aclarar que tanto la nuda propiedad como el usufructo se pueden vender, pero su venta es muy diferente. me explico: Si eres usufructuario y vendes tu derecho de usufructo (en realidad sería alquilas, no vendes, porque es por un tiempo limitado), el comprador o arrendador de dicho derecho solo tiene derechoa utilizarlo hasta que el usufructuario principal muere. Al tratarse de un un derecho de goce disfrute únicamente dura hasta la muerte de la persona que lo posee. Si tienes la nuda propiedad puedes venderla, siempre aun precio bastante inferior al que la venderías si vendes conjuntamente la nuda propiedad y el usufructo. Ten en cuenta que vas a vender un inmueble que no se va a poder utilizar hasta que termine el derecho de usufructo de otra persona. La mayoría de gente lo que hace es vender el usufructo al propietario en nuda propiedad y que posteriormente el propietario venda el inmueble (nuda propiedad+usufructo).