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Marina Perales 20/07/15 10:50
Ha respondido al tema Prescripción multa municipal
Las multas pecuniarias prescriben a los cuatro años desde el día en que la multa es firme (independientemente de cuando se publique en el boletín oficial). Para las multas que no son pecuniarias el plazo de prescripción es de un año. En tu caso, si no es una multa pecuniaria esta prescrita, supongo que si que es una multa pecuniaria, por tanto prescribe el 12/12/2015. Saludos
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Marina Perales 20/07/15 08:58
Ha respondido al tema Golpe en coche nuevo y posible siniestro total - Seguros coche
En principio si tiene menos de dos años, te tiene que pagar el valor de nuevo, de ese modelo o del que lo sustituya o de un modelo similar, pero creo que solo es si el coche esta en siniestro total. Por lo que dices no parece ser que esté en siniestro total, pero tendrás que esperar a ver que dice el perito y nos cuentas para ver si deberías pagarte un perito por tu cuenta o no. Saludos.
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Marina Perales 16/07/15 11:17
Ha respondido al tema Cancelar hipoteca
No es que sea la mejor opción, es que creo que es la única, de todas formas, puedes asegurarte preguntando en la entidad bancaria o leyendo detenidamente las condiciones de la hipoteca. Pero tengo entendido que la cantidad máxima a amortizar es por hipoteca. Saludos.
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Marina Perales 16/07/15 08:42
Ha respondido al tema Cancelar hipoteca
Normalmente el máximo de amortización que se fija es por hipoteca, no por personas, quiero decir, este año como máximo podríais amortizar hasta 9.000 entre los dos y el año que viene 9.000 más. En tu caso el diferencial es bastante alto, pero si no fuera así, la otra opción es invertir este dinero poniendo en un deposito, siempre y cuando el depósito te de más de lo que pagas en intereses en la hipoteca, pero en tu caso no te conviene. Saludos.
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Marina Perales 13/07/15 08:56
Ha respondido al tema Facturas mensuales de Ebay a los vendores empresa. - Autónomos
Si te dedicas a una actividad con ánimo de lucro como es el caso, y no se trata de una simple venta de algo de segunda mano, se considera actividad profesional y por tanto tendrás que pagar IVA, y consecuentemente también podrás deducirte el IVA.    También cabe recordar que en el comercio online si la facturación es inferior a los 30.000 euros anuales no tienes necesidad de declarar por dicha actividad.  
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Marina Perales 06/07/15 10:59
Ha respondido al tema Paga Extra Verano: salario base y retención
Como ya mencionabas anteriormente, existe dos  formas de cálculo de la paga extra, semestral y anual. Para que se entienda claro en que consiste cada una voy a poner un ejemplo:    Si una persona empieza a trabajar en una empresa el 1 de enero de 2015 y finaliza su contrato a finales de septiembre, los cálculos de la paga extra se harán del siguiente modo según cada modalidad:    Siguiendo el modelo de cálculo semestral, el trabajador deberá recibir el pago íntegro de un a paga cada seis meses trabajados. De esta forma el trabajador tendrá derecho a recibir:  A 30 de junio: una paga entera de verano.  Al finalizar el contrato: como solo ha trabajado tres meses (julio, agosto y septiembre): tendrá derecho a media paga extra de Navidad (3/6=0'5).  Mientras que si sigue el modelo de cálculo anual tendrá que recibir las paga extra de la siguiente fuera:  A 30 de junio: como se paga por año trabajado, a 30 de junio solo tendrá derecho a percibir media paga extra de verano: 6/12=0'5.  Al vencimiento del contrato: cobrará ¾ de paga extra de navidad por el tiempo entre entero y septiembre (9/12), más la paga correspondiente a los meses trabajados de la paga de verano (3/12). Lo que haría un total de 1 paga entera en la finalización del contrato de trabajo.   Por tanto la diferencia entre un método y otro radica en el momento de cobro de la paga y no en la cuantía, pues en ambos casos al final de la relación laboral se habrá percibido una totalidad de una paga y media extras.  
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