Yo sé de rankianos que han cobrado declaraciones no presentadas en su día. Lo han dicho en este hilo.La mayoría de pensionistas, no presentan la declaración por no estar obligados. A muchos les hubiera salido a devolver incluso y pierden ese dinero.Imagino que por el boca a boca, casi todo pensionista ha presentado el formulario DT2 y la mayoría de ellos no tenía presentada la declaración. Son las que han devuelto porque no hay que rectificar nada.
Muchísimas gracias. Excelente aporte.👌Mi duda era de fechas y ya la resolví. Como me has dictaminado, no tengo derecho.Mini resumen:- Para nuevas pensiones desde el 4feb21, tanto hombres como mujeres, pueden pedir el complemento por brecha de género y desde sólo 1 hijo.- Sólo para los hombres con pensiones concedidas entre el 1ene16 y el 3feb21, se le da de forma retroactiva desde 2 hijos si lo pide ahora.Hay más requisitos.Me surge la duda ya para nota y que no me afecta.¿Si a una mujer no le concedieron el complemento por maternidad desde el 1ene16 por tener sólo 1 hijo, ahora se lo darían desde el 4feb21 porque ya sólo se requiere 1 hijo?
Bueno pues ya lo tengo claro. Aquí lo explican perfecto y todo al completo: https://www.campmanyabogados.com/blog/complemento-maternidadMini resumen:Para nuevas pensiones desde el 4feb21, tanto hombres como mujeres, pueden pedir el complemento por brecha de género y desde sólo 1 hijo.Sólo para los hombres con pensiones concedidas entre el 1ene16 y el 3feb21, se le da de forma retroactiva desde 2 hijos si lo pide ahora.Hay más requisitos.
Me alegra verte por aquí también. Muchas gracias. Ayer me enteré por un conocido de esto y estoy muy perdido.Ok, el de maternidad empezó en 2016 sólo para mujeres y en 2021 se modifica para meter a hombres y lo llaman de brecha de género.
¿Entiendo que si mi pensión de viudedad empezó en 2015 no tengo derecho a retroactividad si pido el complemento ahora?
Pero más importante y que no me queda del todo claro. ¿De una viudedad de 2015 tengo derecho a pedir ahora el complemento? En 2016 empezó la maternidad y en 2021 la brecha de género.https://www.bancosantander.es/blog/jubilacion/ayuda-jubilados-con-hijos
Ahí se dice que sólo para pensiones reconocidas desde 2021 (no lo cumplo) y la retroactividad sería sólo para los hombres que no pudieron acogerse al de maternidad desde 2016.Por favor, ¿es cierto en mi caso con viudedad y orfandad desde 2015?
He leído muchos artículos e incluso del BOE y no me entero. Se habla del 4 de febrero de 2021.¿Quién tiene derecho al complemento por la brecha de género? ¿Es lo mismo que el de maternidad?Mi caso: Tengo 53 años, una pensión de viudedad y una única hija con pensión de orfandad. Ambas pensiones desde 2015.¿Tengo derecho al complemento por brecha de género o es sólo para las nuevas pensiones desde 2021?
¿Os habéis enterado de una pasta que la SS da a los jubilados con hijos tras 2021 tanto a los nuevos como retroactivamente hasta 4 años desde la jubilación?https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/4c43ce49-6636-4a12-bacf-5e6697eb81dahttps://www.bancosantander.es/blog/jubilacion/ayuda-jubilados-con-hijos
Pues a mí sí me importa aunque no sea navarro ni vasco. Además este hilo es para cualquier mutualista de España y no sólo para los de la Hacienda común. El proceso debe ser similar en cualquiera de las 5 haciendas españolas.