En España hay 5 haciendas:- La estatal o AEAT.- Navarra.- Alava.- Guipúzcoa.- Vizcaya.Y de aquí a 3 años pues posiblemente aparezca la Catalana (de facto ya está funcionando hace poco) por apoyar la poltrona. No es que unas provincias vayan antes que otras sino que unas haciendas terminan antes que otras y pagan antes las rectificaciones.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2023/c18-cuota-liquida-resultante-autoliquidacion/incremento-cuotas-liquidas-estatal-autonomica/calculo-intereses-demora/reglas-calculo.html
4,0625%Para 10k serían 10.000*4,0625/100/12= 33,85€ por cada mes de retraso.El cálculo final será por días, no por meses.No me acordaba y lo puse al voleo en el mensaje anterior.
Se ha dicho muchas veces:- Ya han cobrado los que no presentaron la declaración en su día.- Ahora están haciendo las declaraciones no rectificadas por el contribuyente pero nadie ha cobrado. Tengo 1 de 4.- Las últimas serán las rectificadas por el contribuyente ya que tendrán doble rectificación. Tengo 3 de 4. Me hincharé de intereses de demora.Cuanto más tarden, más cobramos en todos los casos, deseado o no.En mi caso 10k al 3,3% anual son 33€ por cada mes de retraso. Igual que un buen depósito a plazo fijo. A disfrutarlo en mi caso.
La ley permite pagar con retraso y para eso prevee el pago de intereses de demora.La ley dice que el plazo son 6 meses y si se retrasa hay que dar intereses. No hay nada más.¿Crees que Hacienda como entidad puede ser sancionada y el recaudador sea la propia Hacienda?
Posiblemente sean de 2023 que no tenía la DT2 puesta y al actualizar el borrador la pusieron.De 2019-2022 sólo han cobrado los que no presentaron la declaración en su día.
No.1.- Hacienda recalcula las declaraciones con la DT2 y ya sabe lo que debe pero sigue sin saber cuando pagará.2.- Luego calcula los intereses de demora respecto de una fecha probable de pago.3.- Calcula nuevos intereses de demora respecto de la fecha real de pago.Al final se pueden recibir distintas transferencias, que si 1º plazo, 2ª plazo, devolución, intereses demora... y todo por 4 ejercicios.
De los 3143 te dan demora desde el 1jul20 en 1 plazo o en 2 plazos desde la fecha que los pagaras por separado (1jul20 y 5nov20 creo).Suponiendo que los 903 es el resultado de la rectificación (no de la nueva declaración), te dan demora desde 6 meses de presentar el formulario.Y te digo suponiendo porque todo el mundo dice "después del ajuste" pero es que hay 2 resultados "después del ajuste" como se ve en la imagen:- resultado de la nueva declaración- resultado de la rectificación