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Participaciones del usuario Monillo - Fiscalidad

Monillo 10/07/24 19:31
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Buen caso. ChatGPT dice esto que puede ser orientativo aunque puede no ser fiable:Sí, aunque una persona no esté obligada a presentar la declaración de la renta, si decide presentarla fuera de plazo puede enfrentarse a sanciones. A continuación, se detallan algunas de las posibles consecuencias y sanciones que podrían aplicarse en este caso:1. **Sanción por extemporaneidad**: Si la declaración se presenta fuera del plazo voluntario sin requerimiento previo de la Agencia Tributaria (Hacienda), la sanción varía dependiendo del retraso en la presentación:   - Hasta 3 meses: Recargo del 1% por cada mes de retraso.   - Entre 3 y 6 meses: Recargo fijo del 5%.   - Entre 6 y 12 meses: Recargo fijo del 10%.   - Más de 12 meses: Recargo fijo del 15%.2. **Intereses de demora**: Si la declaración resulta a pagar y se presenta fuera de plazo, además del recargo por extemporaneidad, se pueden aplicar intereses de demora desde el día siguiente al término del plazo hasta la fecha en la que se realice el pago.3. **Sanción por requerimiento previo**: Si la Agencia Tributaria ya ha requerido la presentación de la declaración, la situación se agrava:   - La sanción mínima puede ser del 50% de la cantidad a ingresar, además de los intereses de demora.4. **Declaración con resultado a devolver**: En el caso de que la declaración salga a devolver (es decir, que Hacienda tenga que devolver dinero al contribuyente) y se presenta fuera de plazo, no se suelen aplicar sanciones ni recargos, ya que no hay perjuicio económico para la Administración. Sin embargo, si Hacienda ya había iniciado un procedimiento sancionador, podrían imponerse sanciones administrativas.5. **Posible reducción de sanciones**: Es importante mencionar que, si la presentación fuera de plazo se realiza de manera voluntaria antes de que Hacienda envíe un requerimiento, las sanciones pueden ser más leves y, en algunos casos, es posible aplicar reducciones por regularización voluntaria.En resumen, aunque no estés obligado a presentar la declaración de la renta, si decides hacerlo fuera de plazo y la declaración resulta a pagar, podrías enfrentar sanciones y recargos. Por lo tanto, es recomendable presentar la declaración dentro del plazo establecido para evitar estas posibles penalizaciones.
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Monillo 08/07/24 11:11
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
" Si no has hecho nunca la declaración no te devuelven. "- No es eso lo que dice la AEAT. Dice que si un año no se ha presentado al echar el formulario 2019-2022, la AEAT la presenta en tu nombre si sale a devolver.- Repito de nuevo que en el balance de las 2 declaraciones (sin y con ajuste) hay casos en que pueden devolver lo pagado en la 1ª más todo lo retenido (es más de lo retenido).
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Monillo 21/06/24 09:14
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
"Hacienda recalcula y si te sigue saliendo a pagar pues no hay liquidación y si te sale a devolver pues perfecto."- Si no se presentó la declaración y salía a pagar, la AEAT recalcula y si sale a pagar, no presenta la declaración. Si sale a devolver, la presenta.- Si se presentó declaración y salía a pagar, la AEAT recalcula y si de nuevo sale a pagar (ahora menos), la AEAT devuelve la diferencia.Lo que la AEAT devuelve es la diferencia entre las 2 declaraciones (antigua y recalculada).
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Monillo 20/06/24 20:54
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Creo que no hace falta que hagas la complementaria. Cuando revisen las declaraciones de 2019-2022 te revisarán también la de 2023. Estáte pendiente y si no la revisan entonces presentas complementaria pero tengo entendido que si aparece la DT2 tras presentar la renta 2023, el formulario se aplica también a la de 2023 y la rectifican.
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