Pues entonces tienes fuerza, pero¿Puedes comprar antes de que venza la opción de compra? Si puedes, no hay problema, sino puedes estás en peligro de perder la opción de la vivienda y la plaza de garaje. Sopesa pros y contras, los faroles para las cartas, en mi opinión.Saludos
Si aceptas mi opinión, no estás en situación de fuerza frente al arrendador, pero ni de lejos. Sí que a la vista de lo que comentas puedes tener derecho a otro año de alquiler al precio pactado, pero en cuanto a la opción de compra y demás no. Como intentes apretar demasiado, estás en tu total derecho y es normal intentar mejorar todo lo posible tu precio de compra, puede ser que el propietario se enroque y diga que nanai, que si quieres ejecutar la opción de compra que antes de la finalización de la misma que te espera en el notario con el cheque, y en caso contrario se acabó y sigues de alquiler. Tu verás lo que te conviene y hasta donde estás dispuesto a ceder y cual es el límite del propietario.Saludos
Como te dice Juan, a veces se hace una provisión de fondos/derrama porque se sabe que toca en 4 o 5 años una obra grande (hay que arreglar fachada/tejado,...lo que sea) y se tiene una idea aproximada de lo que puede costar, aunque sea a groso modo, por ejemplo sabes que la obra va a estar sobre los 100.000 € o más. En estos caso es lógico ir anticipándose porque no todo el mundo puede disponer de la cantidad de dinero que se necesita y en el plazo que se decida. Saludos
Es más fácil pillar cacho de una empresa/comunidad/persona física que le falte un papel o un permiso para hacer una obra, o tenga una luz fundida en el coche, que tratar con okupas a los que no vas a poder sacarle ni un céntimo. Y mucho menos peligroso.Saludos
Tienes un follón. Lo normal es lo que tu dices, tener en cuenta los saldos aportados y reclamar a quien debe. Esto último te lo puede hacer el seguro comunitario si lo hay.Saludos
El técnico no es parte de la comunidad con lo cual el no puede ir a un juzgado, en caso de no cobrar, con el acta para reclamar el pago. Lo normal es hacer un contrato, únicamente con los términos del presupuesto aceptado y nada más. Eso no implica ningún tipo de pago mensual ni historias raras.Saludos
A lo que comenta Pettersen yo difiero un poco en los detalles. En mi caso, es mi caso particular, prefiero en un principio bajar cuota para ir más desahogado, y luego sí bajar plazo. Al final, si todos los años aportas la diferencia de bajada de cuota a la amortización anticipada y pagas, pongamos por caso, 5.000 € en total de hipoteca (cuotas + amortización) al final de la vida del préstamo habrás pagado unos intereses casi idénticos, pero las obligaciones mensuales serán menores, y en caso de problemas de liquidez puntuales serán más llevaderos. Son simplemente maneras diferentes de ver las cosas, eso sí, sin hacerse trampas, porque si bajamos la cuota pero no amortizamos la diferencia, al final las cuentas no son las mismas.Saludos
Haz caso a lo que te dice Petersen. Una duda, ¿los dos contratos tienen la misma fecha? Porque como el que está "legal" tenga fecha posterior al que tiene cantidad en B yo me informaría con un abogado. No vaya a ser que cobres arras por duplicado. Y sí, hago una llamada y como en 3 días no estén las arras en mi poder me paso por la consejería de vivienda. Saludos
Pues si tú quieres ampliar para evitar pagar intereses altos, tendrás que negociar. Por lo que veo tampoco estás en una situación idílica para negociar, ya que necesitas una ampliación para mejorar, en principio, tus condiciones con el banco. Dicho esto, tu verás lo que te interesa luego de hablar con tu abogado.Saludos