Efectivamente, resulta increíble que no se faciliten las comisiones cobradas por el BdE, una cuestión cuya dificultad parece mínima. Informan por correo postal (ni siquiera por correo electrónico), cuyas misivas pueden incluso no llegar. Y esa información tampoco es fácilmente inteligible.
Supongo que te refieres a la subasta del 4 de juNio, aunque has escrito juLio. El día 7 viernes, te habrían ingresado ese sobrante, que sería el rendimiento de tu inversión. Es decir, el tipo medio resultante en la subasta, aplicado sobre la diferencia entre el valor nominal y la cantidad que te han ingresado como sobrante. Este rendimiento se considera obtenido en la fecha de vencimiento, -no- de la inversión. Y no olvidemos que, si al vencimiento decides amortizar y no reinvertir, cuando te hagan el ingreso del nominal, te descontarán la comisión del 0,15% con un mínimo de 0,90 € y máximo de 200 €.Respecto a la constancia de los movimientos, el BdE envía justificantes por correo postal (no demasiado rápido) y se puede solicitar un extracto.
Cierto. Existen numerosos riesgos para mantener una información tan importante en un medio tan inseguro.Ejemplo: Hace unos años, CORREOS, la empresa estatal, creó un servidor de correo electrónico y lo "vendió" a los ciudadanos como la mejor cuenta de correo, garantía del Estado, etc.Pocos años después, un día, cuando los usuarios quisimos acceder a nuestro email, nos encontramos con que no existía. CORREOS había eliminado el sistema, sin comunicar nada a los usuarios.La información testamentaria que comentamos, mejor dejarla en papel en lugar visible y/o que alguien sepa dónde está. Es una opinión.
Así es. Yo entré en este hilo como hago habituelmente y en algún momento pensé si me habría equivocado, puesto que se tratan todos los temas excepto los específicos.
Tener el dinero en casa tampoco es buena solución. Se debe cumplir ciertos requisitos, como acta notarial o certificado bancario de la numeración de los billetes que se guardan, con objeto de poder demostrar ante Hacienda, en su caso, la procedencia de ese capital.Es decir, en cierto modo te obligan a tener el dinero "invertido", pero no te eximen de algún nivel de riesgo.
Yo también estoy del lado de la tranquilidad, pero al mismo tiempo me pregunto: Si el único problema es una deficiencia de aportaciones por parte del banco al órgano supervisor, y teniendo en cuenta el daño que le puede estar causando la retirada de depósitos, ¿tan complicado es para el banco proceder a la regularización de su estado a la mayor brevedad?
Efectivamente, resulta una comisión excesiva, sobre todo en los plazos cortos. Es difícil de entender que el Banco de España cobre esta comisión y que ni siquiera se aplique en términos TAE, sino la misma comisión cualquiera que sea el plazo. Parece una manera de aprovecharse del ciudadano.