Yo llevo con ellos dos meses y ningún problema ni con los ingresos, y ya he hecho unos pocos, y creo que con la comisión también, aunque no sé si lo estoy comprobando bien porque nunca me da exactamente el 0,10 por cambio, siempre es un poco mas o un poco menos. ¿Como y donde comprobais vosotros el tipo de cambio que aplican? Un saludo
Buenas tardes, al ser los tres cotitulares en los fondos de inversión, como tu hija no tiene ingresos, imagino, la hacienda de la Comunidad Autónoma puede entender que las aportaciones que le hagáis son donaciones y os pueden exigir pagar el Impuesto sobre donaciones. Te puedo decir que si son pequeñas cantidades, en la actualidad no se están metiendo en eso, pero el día de mañana y cuando tu hija diga de rescatar su parte ya tendrá un capital acumulado y podéis tener problemas. Depende también de la Comunidad Autónoma.Un saludo
En principio no tienes que presentar los extractos del broker salvo que Hacienda te los pidiera para comprobar que lo que has declarado es correcto. Yo suelo guardar todos los reportes de las ventas y las compras y llevo en un excel las ganancias y pérdidas. Hasta ahora no me lo han pedido nunca, espero seguir así.
Todos aquellos contribuyentes que transmitan derechos de suscripción deberán rellenar el apartado F2 de la página 14 (III) del Modelo 100 correspondiente a la liquidación de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. Debemos tener en cuenta que todos los datos relativos a la ganancia o pérdida patrimonial se introducen a partir de la casilla 343 una vez hagamos clic en el lápiz que aparece a la derecha. Espero que te sirva. Un saludo
@jaimess
la regla de los dos meses son para activos que coticen en mercados secundarios, acciones, fondos de inversión, etc... Después está la regla del año que son para inmuebles y otros activos del mercado alternativo. Por lo cual la venta del fondo a que te refieres lo tienes bien compensado y no tienes que hacer complementaria. Saludos