Gracias por tu aportación Rucko, aprecio.- Como lo dedujiste bien, NO es por sentencia judicial, sino por haber batallado durante 7 años...- Dices: "... pero tampoco hay prescripción hasta pasados nuevamente cuatro años de la obligación de presentarla " . ¿ que quieres decir por esto?: Si presento una complementaria para el año 2018 por ejemplo, ? quiere decir que vuelve a no haber prescripción para la totalidad de aquella declaración de IRPF del 2018 ? ¿ o solo para la parte que corresponde a la complementaría?
Gracias por todos tus consejos, en efecto lo ha tomado mal...Primero un poco de paciencia para ver si recupera la razón y luego avisaremos según su comportamiento.Un saludo
En primer lugar perdona por la demora, no recibí ningun aviso...Sí esta especificado este derecho en el contrato, con lo cual legalmente no hay problemas.Ahora después de habérselo comentado, creo que va ha haber problemas (a pesar de haberles dado 3 meses de plazo) así que tus consejos están bienvenidos.A propósito, sabes de cuando es el plazo legal para comunicárselo de forma fehaciente?Gracias por tu contestación.
Bueno, la verdad es que me esperaba mas colaboracion....Es increíble la poca/nula ayuda recibida en este hilo....Participo de otros hilos tanto en este foro como en otros y siempre aporto y recibo ayuda...Aunque sea que te aconsejan poner tu tema en aquel otro hilo, mas apropiado (que no conocías)....Aquí, ni siquiera esto...Un saludo
Buenas, ¿ nadie me puede asesorar en algo?¿ O quizas hay otro foro mas adecuado? (he buscado pero nada he encontrado...)Gracias de antemano por cualquier consejoUn saludo