Tarfearauko
02/03/16 16:45
Ha comentado en el artículo Euribor negativo ¿cobraré por mi hipoteca? *221*
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No estoy muy de acuerdo con esa interpretación, creo que el ejemplo de berebere no está tan mal traido. En préstamo es un contrato de deuda con el prestamista, que decide un indice de referencia y un diferencial (recordemos que no es el cliente quien normalmente tiene libertad para escoger el indice). A la inversa, cuando compro un bono soberano estoy prestando dinero a un pais, también usando una referencia (impuesta esta vez por el prestatario, es lógico pero tiene su gracia que siempre pone la referencia la parte contraria al cliente minorista). Esa referencia es la que en algunos sitios se llama riesgo pais y en otros prima de riesgo. Cuando esta referencia se ha ido a negativo (ante la sorpresa de muchos) a nadie le ha parecido raro que los acreedores cobren menos de lo que prestaron, en cambio, parece que cuando el acreedor es un banco y el contrato de prestamo una hipoteca con un cliente minoritario las cosas, mágicamente, cambian.
A mi no me parece tan estrafalario, en estas circustancias, que el banco pague por depositar su dinero en forma de hipoteca cuando los bancos centrales estan haciendo lo mismo. Y, por simplificar el problema todavia más, lo que hay es que cumplir el contrato, y este pone claramente Euribor + Diferencial. Estos no son contratos escritos y firmados sobre una servilleta de bar, hay que hacerlo ante notario y pagar una escritura pública. Asi que igual que al cliente no se le debe permitir el "yo no sabia lo que firmaba" al banco tampoco.
T.