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Participaciones del usuario v.luna92

v.luna92 31/10/17 18:44
Ha respondido al tema Aceptar o renunciar a las acciones de la cuenta 123 de Banco Santander
El problema viene en el momento de venderla en relación a la declaración del IRPF. Si la presentas siempre por voluntad (porque te devuelven) o estás obligado (por superar rendimientos del trabajo u otras rentas), no hay problema alguno. El tema está en que si no estás obligado a presentar la declaración y tienes una ganancia patrimonial derivada de la transmisión de esa acción que te regalan, te tocará presentarla. Imagínate que tienes una retención muy baja debido a tus circunstancias personales y familiares. A parte, compruebas año tras año (en la pre-declaración) que, de presentarla, te tocaría pagar bastante. Pues bien, por esa venta estás obligado/a a presentar la declaración. En abril hablamos de ello en este hilo, al inicio de la campaña de la Renta. ¡Saludos!
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v.luna92 25/10/17 16:22
Ha respondido al tema ¿Por qué Banco Popular continúa lanzando productos? Nueva campaña de Préstamos
Sí, en efecto los tipos bajos favorecen el crédito y sobretodo está pensado para que beneficie el tejido productivo industrial, con unos tipos de interés que incentiven la inversión. Con los tipos actuales, las empresas pueden cubrir sus necesidades de financiación a corto plazo (descuento comercial + factoring) a unos precios bastante reducidos que años anteriores, con lo cual se traduce en un ahorro considerable. Y luego a largo plazo, los tipos que se quedan son muy beneficiosos con lo cual es muy factible el renovar y/o ampliar inmovilizado con tecnologías que permitan aumentar la productividad y supongan la contratación de personal especializado (mayores sueldos) o la formación del ya existente. Luego ya está el tema de los préstamos y créditos a particulares, pero esto ya es otro cantar. ¡Saludos!  
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v.luna92 25/10/17 09:40
Ha respondido al tema Alquiler habitaciones turísticas
Buenos días, Uf, la justificación con esos artículos se sale un poco ahora mismo de lo que tengo entendido. Debería leerlos y buscar más información para poderte contestar bien. Sin embargo, te recomiendo que hagas una pequeña consulta a algún abogado que te pueda aconsejar al respecto. Es lo mejor. Saludos,
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v.luna92 24/10/17 16:30
Ha respondido al tema Alquiler habitaciones turísticas
Mmmmmm creo que lo tienes en contra. Si es un período corto de tiempo, el contrato se rije no por la Ley de Arrendamientos Urbanos sino por el Código Civil. En esos casos se precisa confeccionar un contrato que establezca los metros cuadrados que se arrendan, el mobiliario y los usos comunes para los inquilinos, dejando claro la superfície arrendada a corto plazo respecto la totalidad de la vivienda. No es un alquiler al uso, pero para Hacienda sí. Siempre hay que recordar estas formalidades ;) Así, al hacer la declaración de la renta, puedes deducir ciertos gastos inherentes al arrendamiento: suministros, gastos de comunidad, IBI, seguro, elementos para el descanso/confort, etc. Para la parte de los ingresos, debes guardar el justificante de cobro. En conjunto, necesitarás también saber (a parte de los metros cuadrados) el número de días que efectivamente has alquilado la habitación y el número de inquilinos que se han alojado. Para ponderar. ¡Saludos y suerte!  
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v.luna92 24/10/17 10:39
Ha respondido al tema Transferencia de Ahorros Personales de USA a España
A priori y para evitar la doble imposición iternacional, no te gravarían por la transferencia hecha. Llévate todo el papeleo posible que acredite que ese monto se debe a tu trabajo o inversiones realizadas en los USA. Luego, otro aspecto a considerar, son las comisiones de la propia operación y el tipo de cambio USD/EUR. Habla con tu banco y considerad la mejor opción al respecto. ¡Saludos y suerte!
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v.luna92 20/10/17 14:00
Ha respondido al tema Peticion de recibos antiguos
Hola, La obligación no. Hay mucha diferencia entre lo que son los adeudos domiciliados en cuenta (emisores ajenos) a los que emite el propio banco (liquidaciones de tarjeta, préstamos y créditos). Si se trata de liquidaciones de préstamos del banco (no valen los de Cetelem/ECI/etc) te pueden consultar TODAS las liquidaciones y sacarte el correspondiente recibo con bastante facilidad. Al igual que lo puedes sacar tú en esos casos desde Banca Electrónica. En cambio, para adeudos de emisores ajenos (Telefónica, Iberdrola, Endesa...), en las oficinas te podrán buscar hasta un plazo de unos 2-3 años, depende de entidades. Pero para ese plazo que comentas, tal vez deban levantar una orden de extracto histórico que te podrán o no cobrar. En caso de cobrártelo, no creo que sean más de 3€. Saludos,  
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v.luna92 20/10/17 13:53
Ha respondido al tema Urgente que no me quedan dias Conssulta sobre el trimestre
De nada. En el tema contable rígete siempre por el principio de devengo, independientemente del plazo de cobro o pago. Si facturas a 30/09, inclúyela dentro del 3r trimestre del IVA aunque cobres el 1 de enero del año siguiente. Al igual que tus compras y gastos corrientes. Saludos,
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