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Participaciones del usuario velandres - Fiscalidad

velandres 13/01/25 19:36
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
En este caso, practicamente tiene casi la pension maxima, unos 3.000 euros al mes, y con 82 años, este empezaria a trabajar a mediados-finales de los años 50, entonces si que le sale en las mutualidades esos casi 9.000 euros, porque tiene dos factores esenciales, que tiene 10 años de descuento al 100% desde 1956 a 1966 y que su pension es casi maxima.Bueno, luego esos 9.000, se quedarian al final en un descuento de unos 3.150 euros en la renta, calculando como un 35% de tributacion.Salu2
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velandres 13/01/25 19:25
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Si, estoy de acuerdo en todo, y es por el plan este de pensiones que recibo cada año 6.000 euros, el cual no tiene retencion alguna, y esto hace que siempre me salga a pagar, lo que tu dices.Porque al final me sale a pagar dependiendo el año, un porcentaje entre el 35% y 38% de tributacion en la declaracion de la rentaSi no tuviera este plan de pensiones, y solo tuviera la pension, me saldria a pagar 200 o 300 euros.Salu2
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velandres 12/01/25 20:07
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Por otro lado, las cifras que pones son exorbitantes, estas en mi opinion lejos de la realidad.Para que en Mutualidades ponga 9.000 euros (que luego no son 9.000 euros lo que te van a dar, sino mucho menos) tienes que tener una pension maxima, y de 90 años para arriba y ya van quedando poquita gente y ademas haber empezadlo a trabajar a mediados de 1950 (poquita gente queda).Lo normal es que en Mutualidades ponga entre 3.000 y 6.000 (que insisto no es lo que te van a dar, sino mucho menos).A esto se añade que hay mucha gente que no se entera, que otros ha muerto y los familiares tampoco se enteran, que otros no tienen derecho, porque su pension es muy baja, y Hacienda si no pagas por IRPF, no te devuelve nada, a otros tampoco tienen derecho, porque por discapacidad u otros motivos, aunque la pension sea alta, no le quitan IRPF, luego Hacienda no les va a dar nada.Para que merezca lo de las Mutualidades, es importante haber empezado a trabajar antes del fin de 1966, que es cuando se tiene el 100% de descuento. Los que empezaron a trabajar a partir del 01/01/1967 solo les descuentan el 25%. Vamos los mas jovenes.Esto de las mutualidades, durara varios años, pero es a extingir, como la pension del SOVI.El importe global no se sabe, quizas lo sepa el Bobierno y la Maria Jesus Montero, pero vamos nada que ver con esos 18.000.000.000 de euros, que me parece una locura. Vamos bastante menos, quizas puedan ser 4 o 5 mil millones.Salu2
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velandres 12/01/25 19:47
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
A ver, porque con esto hay mucha gente equivocada, y se creen que lo que pone en los datos fiscales de las mutualidades, es el dinero que les va a dar Hacienda, y esto es un error. Al principio de este hilo ya se hablo sobre este tema.Hacienda lo que hace es descontar el importe de las Mutualidades al importe de la pension. En el caso que expones y suponiendo que la pension sea de 40.000 euros y en mutualidades tenga 9.000 euros, el resultado se rebaja a 31.000 euros, y es por este ultimo importe por el que queda la casilla (0003) de la declaracion de la renta, y ya de aqui se parte a tributar.Te pongo mi ejemplo redondeando en los datos fiscales de 2023, tengo 74 años y empeze a trabajar en 1965:Pension: 40.000 -  Plan de Pensiones: 6.000 - Mutualidades: -5.000En la casilla 0003 se queda: 40.000+6.000-5.000= 41.000A partir de aqui, ya empieza la declaracion. Es decir, a mi Hacienda no me va a dar 5.000 euros que es lo que figura en las mutualidades, sino que depende de mis varios ingresos y descuentos, de como quede mi declaracion. A mi normalmente me sale a pagar todos los años, y cada año son unos 2.500 euros, y este 2023, me ha salido a pagar unos 700 euros, en vez de 2.500. En definitiva, es como si Hacienda ha convertido los 5.000 de las mutualidades en 1.800 euros, que es lo que me he ahorrado de pagar.Salu2
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velandres 28/12/24 20:40
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Hola, no quiero entrar en polemicas porque no estoy muy seguro, pero cuando se dice "antes de 2013 = 12775 dias (35 años)" hay estarian todos los que se jubilaron antes del 2013, y en consecuencia el que se haya jubilado en 1993, le aplican de divisor 35 años, no 15 años.Yo creo que el valor mas bajo de la T es de 12775 (35 años).Si fuera 15, saldrian unos importes enormes a devolver, ya que cuanto mas bajo sea la T, mas tiene que devolver Hacienda.Quizas algun forero, sepa algo mas y nos pueda ilustrar sobre esto. Pero me sorprenderia que hayan aplicado un valor tan bajo (15 años) ya que saldrian unos importes brutales.Ver en este hilo en la pagina 53 el numero 789 al forero @falopio Salu2
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velandres 28/12/24 13:16
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Reclamar, pues no lo se, porque ahora se ha puesto muy mal esto. Yo no he reclamado nada, solo hice lo del formulario, y que ahora ya no vale. No se que hare.Sobre lo de los 3 dias de banca. Ten en cuenta que esto de las mutualidades es hasta el 31 de diciembre de 1978, y que a partir del 1 de enero de 1979 ya no entra. Entonces aquellos que entraron en el año 1978 a trabajar en la banca, pues reciben muy poco dinero, porque han estado pocos dias, y todo lo trabajado a partir de 1979 ya no hay derecho a nada.Salu2 
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velandres 28/12/24 13:09
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Los valores de la T en la formula son los que he expuesto, ya que han sido hechos por Hacienda.No se a que te refieres con el año 1993. Ten en cuenta que esto de las Mutualidades se acabo en el año 1978, y a partir del 1 de enero de 1979 ya no existe. Es decir para tener derecho a esto, tienes que haber trabajado antes de 1978, lo que hayas trabajado a partir de 1979, ya no se tiene derecho.Salu2 
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velandres 27/12/24 21:20
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Bueno a los empleados de banca, si nos pagaron en el 2022 y a primeros del 2023, los años 2018-2019-2020-2021 y 2022, porque nos dejaban en las delegaciones de hacienda, reclamar este tema.Pero a muchisimos que nos pagaron, lo hicieron mal, porque la formula que aplicaron en el divisor, no fue correcta. Aplicaban toda la vida laboral, en vez del baremo establecido por hacienda.La formula es: (D1+(D2x0,25))/T D1: dias cotizados antes de 1966D2: dias cotizados entre 01.01.1967 y 31.12.1978T: Depende año jubilacion:Antes de 2013: 12775 dias (35 años)Entre 2013 y 2019: 12958 dias (35,5 años)Entre 2020 y 2022: 13140 dias (36 años)Entre 2023 y 2026: 13323 dias (36,5 años)La T que aplicaban era toda la vida laboral, en mi caso 49 años, y debian haberme aplicado 35,5 años, con lo cual me abonaron de menos. Son bastantes importes.Pero es que ademas, a los empleados de banca que anteriormente al año 1967 trabajaron en otras Mutualidades, como en mi caso en la construccion, no lo tuvieron en cuenta, con lo cual, tambien nos abonaron de menos.Es decir, todos los abonos que me hicieron de los años 2018 al 2022, estan incorrectos.Si tengo que decir que en la declaracion de 2023, ya me figuro todo correcto. Esa formula, ya se dijo aqui en este hilo, al comienzo del mismo.Salu2
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velandres 02/11/24 13:53
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Aqui todos estais cantando por los intereses, y no es el porcentaje que decis, es bastante menos, porque cuando os pagen los atrasos si, son al 4%. Peeeero en la declaracion del año que viene, esos intereses van integros al principio de la declaracion, es decir Hacienda los incluye como un ingreso, junto con el importe de la pension correspondiente, y suma como un ingreso mas.Ejemplo: Si me han pagado 100 euros de intereses, pero como al año siguiente ese importe figura como ingreso en la declaracion, y a mi en concreto, yo vengo a pagar a grosso modo como un 35% de mis ingresos y siempre me sale a pagar, pues al final he cobrado 65 euros de intereses.Hace tiempo que no escribo en este hilo, ya comente mi caso aqui por Abril y Mayo.Sigo igual no me han abonado nada. Las declaraciones de 2018 y 2019 las estan recomprobando y las de 2020, 2021 y 2022 ni las han tocado.Yo soy un caso especial porque las de 2018-19-20-21 y22 que ya me resolvieron, me lo hicieron mal (aplicaron un divisor mayor, 49 años en vez de 35,5) y ademas no tuvieron en cuenta mi periodo en Construccion de 1965 a 1973. Solo me pagaron por la Mut. de Banca del 1973 a 2014). Vamos me pagaron todo de menos, y esperando estoy. Y los intereses que me abonaron en su dia, es como he dicho, al año siguiente en el 2023 me vinieron como un ingreso mas. Y como mi caso hay muchos de la Banca, que no les incluyeron el tiempo que estuvieron en otras Mutualidades. Hay que tener en cuenta que solo a a los de Banca nos dejaron reclamar en el año 2021 y 2022, a las demas Mutualidades todavia no les dejaban.Si debo decir que en el año 2023, ya me incluyeron todo bien (Mut. Construcccion y Mut. Banca y el divisor que me aplicaron en la formula fue de 35,5 años y no los 49 años de toda mi vida laboral). Eso si no me vino bien en los datos fiscales hasta finales de Mayo, pero me espere, y al final en vez de pagar como unos 2.500 euros que me sales todos los años, pague en la de 2023 al rededor de 700 euros.Salu2 y Suerte
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