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  1. en respuesta a Consumerista
    -
    Top 10
    #240
    07/09/12 15:26

    Muchas gracias, y obviamente les demandaría (espero que no) en Barcelona capital, en el domicilio social, fiscal ... de la clínica y como el perjudicado es mi hija, mayor de edad, sería ella la que debería demandar, yo solo puedo confeccionarle los documentos y explicarle como va un asunto de estos, y como mucho asistir a la vista como espectador, sin derecho a nada porque al margen de hacer en su nombre las reclamaciones y asesorarla, eso, no pinto un borrajo a efectos legales. La justificación del pago anticipado es simple "un dolor que te mueres, y no dormir por las noches" lo cual es demostrable con el objeto, te lo aseguro ..... cualquier juez lo va a determinar cuando vea el objeto.-

    Gracias.-

  2. en respuesta a W. Petersen
    -
    #239
    07/09/12 09:46

    En un juicio verbal por menos de 2.000 euros no hay costas, salvo que el juicio se tramite en lugar distinto al domicilio del demandado obligándole a desplazarse; por lo que cuentas, me parece que no es éste el caso, de manera que no debería haber costas.
    En un caso como el que explicas, la obligación del pago anticipado no debería considerarse aceptación implícita o tácita del presupuesto, siempre que exista una necesidad objetiva del tratamiento que obligue a seguirlo aunque no se esté conforme con el precio. Es más, la imposición del pago previo de una cantidad adicional al presupuesto previamente confeccionado podría considerarse como una práctica abusiva.

  3. Top 10
    #238
    06/09/12 22:21

    Yo debo ser tonto (fijo) las guerras, me vienen, me las busco o me buscan … en fin, sean por parte de la empresa, de la familia, o también alguna mía ………. ahora tengo otra (para variar) será porque “no trago” ni a la de tres …. En este caso mi hija tiene un problema de consumo, concretamente con unos profesionales de la medicina, no, el asunto no es sanitario, esto afortunadamente no fue el problema …. Mi consulta es en relación a “la sistemática”, a ver …. Nos presentan un presupuesto, se acepta, se paga y realiza el tratamiento, en dicho presupuesto hay unas advertencias que permiten al centro modificar el precio, pero no es el caso, el resultado no fue totalmente satisfactorio, nada relevante, pero fue preciso continuar con el tratamiento, esto sí, previo pago …. Y finalmente todo solucionado. Ahora bien no estamos conformes con la modificación unilateral del presupuesto, pero se atendió porque es pre pago. Una vez revisada toda la documentación, observar que no parece procedente, y las advertencias contenidas en los textos del presupuesto, que no se firman por el paciente no concuerdan con la actuación en el ámbito económico ….. Entonces remito un escrito de reclamación a la empresa, ésta responde pero no en relación a los hechos, se centran en temas médicos, lo cual no es objeto del debate, ni desde luego el planteamiento de la reclamación. Seguidamente remito escrito de solicitud de mediación al Colegio profesional, que me responde que no es procedente, porque no es un asunto sanitario, y al ser la reclamada una sociedad (una S.L.) esto se debe dirimir en consumo …… bien … ahora ya me la veo a venir y al parecer es la actuación habitual, nos emplazarán a un arbitraje de consumo, que ya sé cómo funciona, porque en 9 años he estado en dos ocasiones defendiendo a la empresa dónde trabajo, es cuestión de preparar bien la vista, y creo que en este caso hay posibilidades (*)…. La pregunta es la siguiente: supongamos que como parece no acepten la mediación arbitral, es obvio que no me queda otra que el juzgado, la cosa son 600 €, y puedo presentar la demanda yo mismo, no es problema, si presento monitorios por importes similares sin ser abogado, esto no tiene mucha complicación, pero si vienen con abogado (en su caso yo iré sin él, son solo 600 € ….) es probable que “se me coman vivo”, da lo mismo, la cuestión es ¿esto va como los monitorios que no hay costas? O por el contrario si aparecen con abogado y pierdo las tendré que pagar igual, aún cuando la ley prevé que hasta 2.000 € para este tipo de demandas no es preceptivo ¿???????????

    (*) A mi entender, su única posibilidad es alegar que como se ha pagado, hay aceptación tácita del presupuesto con independencia de sus cláusulas, porque en este centro cobran por anticipado, si bien sin pago no se solucionaba el problema médico, que alguna forma habría que considerar prioritario ....

  4. en respuesta a petraca
    -
    #237
    05/09/12 13:26

    Supongo que te refieres al artículo sobre los valores Santander. El artículo está completo en el blog.
    Lo que planteo es efctivamente una reclamación por responsabilidad contractual del 1.101 CC, pero la indemnización no es lo que indicas, sino la pérdida sufrida por el inversor por la diferencia entre el capital invertido y el que recibe en el momento del cambio (calculado por el valor de las acciones que se le entregan).

  5. #236
    04/09/12 11:14

    Felicidades por el artículo. Completísimo.

    La cuestión es que se corta en lo más interesante; al parecer faltan algunos párrafos al final (o no se ven en mi ordenador).

    En cuanto a la reclamación judicial, no se si me ha quedado del todo claro. ¿Lo que planteas es una reclamación por responsabilidad contractual del 1.101 cc. y que la indemnización se corresponda con las liquidaciones mensuales (o trimestrales) percibidas del banco?

    Gracias de antemano.

  6. Top 10
    #235
    26/08/12 12:36
  7. en respuesta a Consumerista
    -
    #234
    01/08/12 21:48

    Gracias por la respuesta, ya imaginaba que sería así. Simplemente no quiero cerrar ninguna vía. Pero, si hay que ir al Juzgado... se va!
    Disfruta de las vacaciones. Un saludo

  8. en respuesta a Consumerista
    -
    #233
    01/08/12 15:17

    Hola,

    Que disfrutes de las vacaciones, es cierto que he pagado pero aun quedan por pagar unos 5.000 €. Si el banco me tiene que demandar para cobrar ¿que diferencia hay que en que haya pagado o no al principio ? ¿No me podrían haber puesto igualmente en lista de morosos?. He pagado para evitar entrar en listas de morosos (que nunca he estado) pero desde el primer día no he reconocido esos cargos-deuda (denuncia a policia, reclamación a VISA, burofax a SAC y finalmente reclamación a BCE).

    En cualquier caso voy a demandar, si te parece me pongo en contacto contigo en privado cuando vuelvas de vacaciones para ver si te interesa el caso, espero para entonces tener ya alguna respuesta del BCE, habrán pasado casi 4 meses.

    Yo por cierto me voy de vacaciones por Asturias; creo que es de donde eres.

    Saludos

  9. en respuesta a Consumerista
    -
    Top 10
    #232
    01/08/12 12:53

    Que envidia mes das ..... y mira que tengo defectos, pero la envidia (dicen los que me conocen) que no está entre ellos, .... Australia, un lugar dónde tengo que ir, el problema es que necesito como poco 3 semanas seguidas de vacaciones, yo me lo podría combinar, mi esposa lo tiene mas complicado si pasa de dos semanas.

  10. en respuesta a m.anxos
    -
    #231
    01/08/12 12:40

    Lo hagas como lo hagas, el sac o el defensor del cliente te contestaran con un escrito tipo, igual para todos los casos. Si quieres reclamar por esa via, adelante, en la forma que quieras, porque no sirve para nada. La unica solucion que tendras sera en el Juzgado.

  11. en respuesta a Mmr1965
    -
    #230
    01/08/12 12:21

    Si dejas de pagar, es posible que te metan en una lista de morosos. Por otra parte, deberias haberte negado a pagar desde el principio, ya que asi obligas a la entidad a que sea ella quien demanda, y no es probable que lo haga si no tiene los justificantes de las compras firmados por ti o si fueron por internet, el origen de la compra. Al haber pagado, ya te has obligado a tener que demandar, aunque el BdE te de la razon, el banco no te devolvera el dinero por las buenas (perdon por los acentos, estoy de vacaciones fuera de Espana)

  12. en respuesta a W. Petersen
    -
    #229
    01/08/12 12:18

    Estoy en Australia hasta el mes de septiembre, lo mirare entonces.

  13. #228
    01/08/12 00:31

    Hola, soy una afectada de los Valores Santander.
    Ante todo quiero darte las gracias por poner un poco de luz en una cuestión tan oscura como esta.
    No soy en absoluto inversora, pero sí he tenido algún producto de “riesgo” (aunque sabiendo lo que contrataba, no como en este caso, en el que se ocultó información).
    Mi caso es el de la mayoría, llamada del banco, prisas, omisión de información relevante: no se dice que el capital no está garantizado, ni se habla de la prima del 16%, ni que el precio de canje se marca el 2007, que el banco podría no haber pagado intereses, etc. sólo de que hay dos inconvenientes (inversión a 5 años y devolución del capital en acciones), lo que según el empleado, junto con la necesidad del banco de dinero rápido, justifica el alto interés ofrecido.
    Estoy redactando la reclamación ante el Defensor del cliente y he contado los hechos tal como sucedieron, pero no sé si estaré entrando en demasiados detalles (o demasiado técnicos), da la sensación de que conozca el tema –y, claro, después de leer varios artículos, en especial, el tuyo, tengo las cosas más claras que entonces.
    Me gustaría saber si es posible que esté “metiendo la pata” y que luego este hecho dificulte una posible acción legal. Pero me da cierto “pudor” exponer aquí los detalles.
    Además, me ayudaría que me dijeseis en qué términos plantear la reclamación.
    Es decir, lo que estoy haciendo es exponer los hechos, insistiendo en la falta de información y en que fue el banco quien contactó conmigo. Pero no sé si debería, como se sugiere en otras webs, utilizar un modelo estándar “de abogado” o simplemente, y hablar de “inclumplimiento de deber de información” y “nulidad de contrato”como motivos de la reclamación o simplemente, explicar, también con mis palabras, que creo que el BS ha abusado de mi confianza, sin más.
    Tampoco sé si debo pedir la anulación del contrato (o una indemnización, como sugiere tu artículo), o si es el Defensor quien debería decir lo que debería de hacer el BS.
    Muchas gracias de antemano y sobretodo Un saludo.

  14. #227
    30/07/12 22:53

    Buenas noches,

    Te cuento mi caso para ver que opinas, en el mes de marzo en menos de un día se hicieron 19 transacciones de valor identico por internet sobre mi tarjeta VISA de UNNIM por valor de 6.300€; (el límite de la tarjeta estaba en 6.000, y junto con lo ya cargado en la misma la deuda subió a casi 6.900€; curiosamente a pesar de estos cargos y de haber superado en 900€ del límite de la tarjeta, la misma seguía activa); al cabo de unos días me percato de ello (no recibo ni de Unnim ni de VISA ninguna comunicación pese de lo irregular de estas transacciones) y rápidamente aviso a la entidad para que bloquee la tarjeta; presento denuncia en la policia y en la oficina de UNNIM relleno impreso de reclamación VISA; al cabo de unos días me llaman por telefono para decirme que no aceptan la reclamación ya que se trata de compras realizadas en comercios seguros, sin aportarme ninguna documentación de ello; en seguida envio BuroFax al SAC de Unnim reclamando sea retirada de mi deuda de la tarjeta toda la cantidad de transacciones que yo no he realizado; mientras tanto como no puedo pagar esta cantidad a final de mes fracciono el pago; nadie me advierte que todo lo que supera el límite de la tarjeta no se puede fraccionar, y a final de mes me llega un recibo de la tarjeta por 1.800 € que como no había suficiente fondos ,(habría provisionado el 10% de la deuda más el interes de la tarjeta), es devuelto cargando en tarjeta una comisión de devolución de recibo de 73€ más.

    Recibo una carta de la entidad amenazando con enviar el tema a gabinete juridico (a pesar de tener ya el SAC mi reclamación); hablo con el director de la oficina y nada de nada, la comisión de 73€ sigue ahí y viene con milongas de que el límite de la tarjeta es flexible como deferencia a los clientes y etc....

    Al cabo de un mes y algo recibo una carta ordinaria del SAC de Unnim donde indican que basandose en unas clausulas del contrato de la tarjeta no quieren acceder a mi reclamación; me informo en la web de BDE y buenas prácticas bancarias de la UE y claramente estas clausulas van en contra de ellas, ya que en ningún momento la entidad me ha demostrado que yo haya realizado esas transacciones y el uso de un código por si mismo no demuestra falta de diligencia en la conservación del mismo. Así que hace 2 meses presento reclamación al BDE indicado todo lo anterior; (el banco no me ha dado información de las transacciones más allá de la cantidad de cada una y la pasarela de pago), nada de dirección IP, hora a la que se ha realizado la misma, motivo del pago, etc.

    Estoy a la espera de que el BDE se pronuncie, de ser positiva si Unnim no se aviene presentaré demanda judicial.

    Mientras tanto estoy pagando mensualmente el 10% de la deuda más el interés correspondiente; hasta ahora unos 2.000 € que yo no he gastado.

    ¿Que opinas que debería hacer? ¿Seguir pagando hasta que el BDE se pronuncie? ¿Dejar de pagar y que sea la entidad quien tenga que demandarme? ¿Hasta que punto puede la entidad incluirme en una lista ASNEF cuando yo no he reconocido la deuda?

    Saludos

  15. Top 10
    #226
    28/07/12 12:21

    Te pido ayuda (otra vez) en esta ocasión no es para responder a cuestiones de información general o a otros foreros como he hecho recientemente. Tu blog indica entre otros "sanidad" y es ahí dónde está el asunto esta vez, los tienes en https://www.rankia.com/foros/consumo/temas/1402496-reclamaciones-asuntos-salud . Yo he tenido varias "guerras" en temas de reclamaciones, solo "perdí" en dos casos, no porque sea mas listo que nadie, es porque parto de la base del "no te metas en una guerra que no puedas ganar, o que las posibilidades de ello sean relevantes" porque sueles perder el tiempo, coges unos cabreos que no son buenos para la salud, y además poner dinero de tu bolsillo. Los que perdí fue un tema eléctrico de unos 80 €, por una sobrecarga de tensión, a cuya reclamación la compañía no aceptó la mediación arbitral, e instar un monitorio (que se como va, aunque no soy abogado) a la sede social de la compañía que dista 200 Km. de mi domicilio, aún cuando se puede comparecer por correo, la sola oposición a ella y que convoquen a una verbal a 200 km. carece de "sentido práctico". Y la otra en relación a un tema del móvil personal, de importe similar en que la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones entendió que no me albergaba la razón, aún cuando a nivel de empresa si que contra estos de los teléfonos, dos compañías ya nos tendrán en la listas de "clientes non gratos", bueno uno puede que no, porque siguen llamando cada dos por tres para "recontratar".

  16. en respuesta a W. Petersen
    -
    #225
    27/07/12 11:28

    Al contrario, siempre se agradecen los enlaces; y además ese artículo es una buena idea, ya lo he comentado al pie del mismo.

  17. Top 10
    #224
    26/07/12 23:41
  18. en respuesta a maralblar
    -
    #223
    26/07/12 17:56

    La demanda judicial es probable que se gane, pero no seguro... aunque si ni siquiera el Banco tiene la copia del contrato u orden de compra, poco va a poder defenderse (por eso le ofrecen ese acuerdo). El problema es que por una cuantía tan baja, es probable que aunque gane el juicio con costas, éstas no cubran el coste total de los honorarios de abogado; con lo que tendría que hacer cuentas de si le merece la pena económicamente y por las molestias de preparar el juicio. Lo ideal sería que le mejorasen la oferta, claro.

  19. Nuevo
    #222
    26/07/12 17:22

    Hola, buenas tardes.

    En Julio de 2008 compramos Valores Santander, obviamente no somos inversores, pero
    ahorrando conseguimos adquirir 4 valores, que ya en aquel momento no estaban
    a 5000€, sino a 4100, el director de la sucursal nos habló del producto y de su tipo de intereses, pero en ningún momento nos comentó nada sobre el precio de conversión, ni de tripticos, ni de productos amarillos ni nada. En resumidas cuentas, creemos que no se llego a firmar ningún documento, al menos no tenemos copia alguna y además el banco tras solicitarla al SAC y pasados ya 2 meses, habiendo hablado con el jefe de zona y demás, no parece ser que las tengan o encuentren. Finalmente nos han ofrecido un precio de recompra de esos Valores, siendo de esta manera, aún afrontariamos unas perdidas del 20% habiendo descontado ya los intereses cobrados.
    Agradeceríamos un consejo, lo aceptamos o tenemos posibilidades de recuperar nuestro dinero con una demanda judicial?

    Muchas gracias.

  20. en respuesta a Consumerista
    -
    #221
    24/07/12 15:18

    Gracias, entonces me agarraré a que el contrato de las preferentes esta firmado en 18 de Febrero del 2010 y el test mifid esta firmado a 23 de Abril del 2010.
    PD: del 2010 y acaba de decir CAMPA que no se metieron preferentes desde el 2009....ja.ja.ja