Se acaban de conocer dos nuevas sentencias del Tribunal Supremo sobre la nulidad de la cláusula suelo y sus consecuencias económicas sobre las que había una gran expectativa a raíz de la poco clarificadora nota de prensa que había publicado.
p { margin-bottom: 0.25cm; line-height: 120%; }a:link { } p { margin-bottom: 0.25cm; line-height: 120%; }a:link { } p { margin-bottom: 0.25cm; line-height: 120%; }a:link { } p { margin-bottom: 0.25cm; line-height: 120%; }a:link { } p { margin-bottom: 0.25cm; line-height: 120%; }a:link { } p { margin-bottom: 0.25cm; line-height: 120%; }a:link { } El Tribunal de Justicia de la Unión Europea
En junio de 1996 terminé y defendí en la Universidad de Oviedo la tesis doctoral titulada Las condiciones generales de los contratos y el principio de autonomía de la voluntad. Tras la publicación de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación, revisé la tesis para actualizarla y adaptarla a dicha Ley. Esta revisión fue publicada ya en el año 1999 por una
El Tribunal Supremo ha dictado una segunda sentencia sobre la cláusula suelo con fecha 8 de septiembre de 2014. Como en la de 9 de mayo de 2013, declara la nulidad de la cláusula suelo por falta de transparencia
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de San Sebastián ha dictado con fecha 2 de octubre una importante sentencia para establecer cuál es la justa situación de los avalistas de un préstamo hipotecario. Creo que en primer lugar conviene aclarar en qué consiste el aval; cuál es la práctica que la banca viene siguiendo al respecto
A finales de 2011 escribí sobre el carácter abusivo de la cláusula que muchos promotores inmobiliarios incluían en las escrituras de venta de las viviendas que construían, por la que trasladaban al comprador la obligación de pago del impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos, conocido popularmente como plusvalías. Expuse que la Ley de Mejora de la protección de los
El jueves día 28 de noviembre de 2013 las asociaciones Adabankia y Asuapedefin organizaron una mesa redonda en Gijón para exponer a los interesados las últimas novedades sobre la cláusula suelo, tras la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, y sobre otras cláusulas y prácticas abusivas. Intervino también el portavoz de la PAH en Asturias; Agustín Azparren Lucas, ex-
En esta tercera parte sobre la cláusula suelo voy a tratar dos aspectos procesales prácticos: si las demandas de nulidad de la cláusula deben continuar presentándose ante los Juzgados de lo Mercantil o han de dirigirse a los Juzgados de 1ª Instancia (Juzgados civiles); posibilidad de agrupar reclamaciones de distintos afectados en una misma demanda.
En la primera parte de este estudio sobre las cláusulas suelo he resumido la sentencia del Tribunal Supremo de 9-5-2013; ahora voy a referirme a algunas de las sentencias que se han dictado por distintos Juzgados y Audiencias Provinciales con posterioridad a esa sentencia para ver cómo se están resolviendo ahora los pleitos sobre la nulidad de esa cláusula.
Hace casi un año publiqué una entrada en este blog en que explicaba cuál era la situación jurisprudencial respecto a la cláusula suelo: si puede considerarse o no como cláusula abusiva; si puede declararse su nulidad por su falta de transparencia; si no se incorporó correctamente al contrato. Desde entonces esta situación ha cambiado porque el Tribunal Supremo dictó una sentencia, de .
El texto que sigue es el guión de mi intervención en la Jornada Banca Rota, celebrada en Oviedo el día 5 de octubre de 2012 con organización de la Unión de Consumidores de Asturias y de Asuapedefin. En los últimos años, muchas familias con préstamos a tipo variable esperaban que los recibos mensuales bajasen sustancialmente gracias al descenso del euribor. Se encontraron con la sorpresa de que el
Hasta la aprobación de la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de la protección de los consumidores, era práctica habitual en muchas zonas de España que el promotor de viviendas incluyera una cláusula en sus contratos (tanto en el contrato privado como en la escritura pública) por la que se imponía al comprador el pago de todos los gastos e impuestos de la compraventa, incluido el