El pasado 26 de octubre he intervenido ante el TJUE en defensa de los antiguos clientes del Banco Espíritu Santo (de su sucursal en España) que han presentado demandas contra Novo Banco. Explico a continuación sucintamente los antedentes del caso.En agosto de 2014 el Banco de Portugal se vio en...
El Tribunal Supremo asume la sentencia del TJUE sobre la pérdida de derechos de los accionistas del Popular y anuncia que en octubre decidirá sobre las obligaciones subordinadas. Queda pendiente resolver sobre las preferentes y los bonos convertibles y sobre los préstamos para compra de acciones
El TJUE en sentencia de 5 de mayo de 2022 ha establecido que la intervención y resolución del Banco Popular impide cualquier tipo de reclamación contra el Banco Santander. Recapitulando el caso, recuerdo que el Banco Santander no venía oponiendo al contestar las demandas que recibía que las...
La Sentencia de 16 de julio de 2021 de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Lleida confirma la condena al Banco Santander a reintegrar a unos clientes 510.000 euros invertidos en bonos convertibles y obligaciones subordinadas del Banco Popular.
He expuesto que la Audiencia Provincial de Asturias acordó desestimar las demandas contra el Banco Santander por la intervención del Banco Popular y las razones por las que entiendo que esa decisión es errónea.
Un informe de la Comisión Europea dice que el Banco Santander no tiene protección frente a las demandas de los antiguos accionistas y acreedores del Banco Popular, en contra de lo que sostienen las Audiencias Provinciales de Asturias y Cantabria.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de Pamplona dictó sentencia el 14 de febrero de 2020 que estimó íntegramente una demanda por la que reclamaba la nulidad de la compra de participaciones preferentes emitidas por el Banco Popular en 2009.
La alteración de la contabilidad del Banco Popular no se produjo de cara a la ampliación de capital de 2016, sino que viene del origen de la crisis económica: ya en el año 2008 había más de 2.000 millones de deterioros no contabilizados, según el informe del Banco de España.
¿El art. 39.2 de la Ley 11/2015 impide que se pueda indemnizar a los titulares de acciones y otros productos de capital que los hubieran comprados confiando en una información sobre la situación financiera del emisor que se demuestre que no era veraz?
El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia con fecha 2 de julio de 2019 que resuelve la demanda de indemnización de daños y perjuicios que presentó una sociedad que había comprado participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de Bancaja.
Una nueva sentencia, del 3 de septiembre de 2018, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Gijón, anula una compra de acciones realizada en el marco de la ampliación de capital de 2016. A la vista de la amplia documental presentada con la demanda y en la audiencia previa, en particular el informe pericial de Prosper Lamothe (además de una mención a los hechos que son de público...
El Juzgado de 1ª Instancia de Cangas de Onís ha dictado sentencia de 5 de julio de 2018 por la que anula la compra de obligaciones subordinadas por un matrimonio; es la tercera sentencia que obtengo sobre este producto del Banco Popular, tras la de 5 de diciembre de 2017 y la de 23 de febrero de 2018, ambas del Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Oviedo.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Oviedo ha dictado la primera sentencia, de fecha 23 de marzo de 2018, acordando la nulidad de cuatro compras de acciones del Banco Popular Español: una compra realizada en junio de 2016, en el marco de la ampliación de capital que se produjo en esas fechas; y otras tres realizadas por la misma persona entre octubre y noviembre de 2016.
El pasado mes de diciembre informaba de que había obtenido la primera sentencia que anulaba la compra de obligaciones subordinadas del Banco Popular, estimando una demanda presentada tras la intervención de dicho Banco que dio lugar a la pérdida de las cantidades invertidas en acciones y en estas obligaciones subordinadas.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Oviedo ha dictado una sentencia de fecha 5 de diciembre de 2017 que anula la compra por parte de un matrimonio de obligaciones subordinadas del Banco Popular. Probablemente es la primera en España que resuelve un caso planteado tras la intervención del Banco el mes de junio pasado, que dio lugar a la pérdida total de la inversión.