Acceder
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  1. en respuesta a Joseangel4878
    -
    Nuevo
    #900
    04/04/18 02:56

    Me ocurre lo mismo que a @Joseangel4878, no me deja modificar la casilla 19. Ya en la declaracion de 2016 que fue en la que realice el cambio de residencia, tuve un requerimiento, que una vez aclarado presentando empadronamiento y certificados del paro me abonaron, pero este directamente no me dejan ni modificarlo.

  2. Nuevo
    #899
    04/04/18 00:05

    buenas. te comento: cumplo todos los requisitos para la reducción por movilidad geográfica pero tengo varias dudas acerca de como rellenar esta casilla 19. Para empezar no me deja mortificarla porque no tiene el lápiz que tienen otras casillas para poder hacerlo. Me he dado cuenta que si me meto en las otras casillas que tienen reducción como la de sindicatos me puedo meter desde ahí a lo de movilidad geográfica. Cuando consigo marcar la casilla me pone que ponga los el importe del rendimiento neto previo correspondiente al puesto de trabajo aceptado. eso no se que quiere decir.
    No se si los pasos que he dado son los correctos.
    De igual manera me ocurre con el apartado de sindicatos. Me indica que cuotas satisfechas a los sindicatos. Eso que quiere decir que meta el importe total de los recibos pagados?
    A ver si me puedes ayudar gracias

  3. Nuevo
    #898
    03/04/18 18:52

    Buenas, tengo una duda respecto a la declaración de la renta que comienza en breve.

    Yo soy de Granada y el año pasado estaba desempleado e inscrito como demandante de empleo. Para el mes de Octubre empecé a trabajar en Málaga, pero no me empadroné allí, sigo estando lo en Granada. De todos modos, tengo el contrato de alquiler con fecha del 15 de octubre de 2017.

    Mi duda es si me empadrono ahora, la deducción fiscal se me aplicaría para la renta del año pasado? o solo sería valido para las 2 posteriores declaraciones de la renta?

    Me puedo esperar a la deducción para el año siguiente y la aprovecho para las 2 próximas declaraciones de la renta?

    Muchas gracias por adelantado.

  4. Nuevo
    #897
    22/03/18 09:55

    Hola Amparo,
    Muchas gracias por adelantado.

    Estaba trabajando en Madrid y al año me mude a Sevilla dándome de alta en Madrid antes. Ahora estoy empadronado en Sevilla. Me queda este año completo de movilidad geográfica pero voy a cambiar de empresa pero no de centro de trabajo. Ahora mismo estoy por ETT y voy a pasar a plantilla.
    Pregunta: Puedo seguir beneficiándome de este año de movilidad geográfica que me queda ?

    Muchas gracias
    Saludos

  5. en respuesta a Jhons
    -
    #896
    05/03/18 16:53

    Hola
    Amparo osea que la movilización geográfica tenía que haberme empadronado en ibiza. Si solo es un trabajo por la temporada de verano..la movilidad geográfica no puede ser por temporada...Gracias

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #895
    04/03/18 23:45

    Hola amparo en mi domicilio es santiago de Compostela.... en mayo de 2016 me salio un trabajo en las islas baleares y me inscribi como demandante de empleo y trabaje de mayo ha octubre... y al vivir en ibiza pague arriendo pero era un cuarto de alquiler, por lo cual no tengo recibo de alquiler, lo unico que tengo es el recibo de la moto de alquiler...tengo los contratos y las nominas..y me lo han rechazado. Me ha tocado pedir alas aereolineas si me envian las facturas de el vuelo de ida vuelta para justificar mi desplazamiento ha ibiza. al declarar como movilidad geográfica me contestan diciendo de que mi declaración no justifica. Mi estancia en la isla. Y por lo tanto dicen que viajaba todos los dias de Santiago de Compostela ha ibiza. Y que por lo tanto me la deniegan...me parece insólito...trabajo desde 2015/16/17 me encuentro contra la pared ..quisiera saber que otro documento. Puedo presentar. para que sea valido la casilla de movilidad geográfica me han dado un plazo para para recurrir...de que manera puedo recurrir...amparo te agradesco cualquier opinión? Gracias

  7. #894
    26/02/18 13:39

    Buenas tardes a tod@s,

    la cuestión que a continuación planteo, viene relacionada con el tema de discusión, concretamente los gastos por movilidad geográfica.

    El contribuyente reúne todos los requisitos exigidos para su aplicación, estar desempleado en el momento de aceptar el puesto, aceptar ese puesto de trabajo y trasladar su residencia a otra ciudad distinta de la que era hasta ese momento la residencia habitual. El problema que se plantea es que la empresa para la que trabajó,ha entrado en concurso de acreedores y es difícil o casi imposible ponerse en contacto con ellos para solicitar el contrato de alquiler, ya que era esta la que soportaba dichos gastos y que ahora la Agencia Tributaria solicita para comprobar que dicha deducción es correcta.

    Sabríais decirme alguna otra prueba que pueda valer para justificar el traslado de la vivienda? Yo he pensado en justificantes medicos...

    A ver si me dais algo de luz al respecto. Un saludo y gracias de antemano

  8. en respuesta a Rparedero
    -
    Top 100
    #893
    12/02/18 12:31

    Buenos días, yo cogería como dato el de la fecha del contrato de alquiler; que aproximadamente coincide con la fecha de inicio del contrato laboral. Saludos,

  9. Nuevo
    #892
    08/02/18 13:26

    Hola buenos días.
    Me inscribí como demandante de empleo con fecha 31 de mayo de 2017, empecé a trabajar el 2 de junio, encontré piso en alquiler y me mudé el 5 de julio (estuve por un mes trasladándome de un municipio al otro) y el empadronamiento en Salamanca lo hice con fecha 27 de diciembre de 2017.
    Hay algún problema para optar a la reducción por movilidad geográfica por no coincidir la fecha de comiendo en el trabajo con la fecha del alquiler de mi piso?
    En el modelo 145 desde qué fecha debería constar el traslado?

    Muchas gracias de antemano por su ayuda.
    Roberto

  10. en respuesta a Jucarblan
    -
    Top 100
    #891
    09/01/18 10:29

    Buenos días, por el caso que comentas no cumples ningún requisito para tener derecho a la reducción por movilidad geográfica. Lo siento, saludos.

  11. Nuevo
    #890
    05/01/18 14:58

    buenas, en marzo del año pasado , empecé un nuevo trabajo en otra provincia, no me he empadronado allí y estaba en otro trabajo cuando acepté el trabajo,
    tendría derecho de alguna deducción por estar desplazado??

  12. Nuevo
    #888
    05/11/17 10:31

    Hola mi caso es q en 20015 acepto un puesto de trabajo en otra provincia de andalucia..en esos momentos estaba como demandante de empleo..me traslado pero vivo en un piso en una pension de la cual no conservo facturas..y hasta el año sigiiente 2016 no me empadrono en la nueva residencia en la cual vivo por cortesia de un conocido ..la pregunta es ..puedo reclamar ha hacienda la movilidad geografica de ese año 2015 y 2016 o solo la del 2016??

  13. Nuevo
    #887
    13/09/17 18:47

    Buenas tardes,

    Trabajo y vivo en Jaén, pero me ha salido un trabajo en Martos, un pueblo a 25 km de mi domicilio.

    Voy a pedir excedencia en mi trabajo, y a darme de alta en el paro antes de empezar el nuevo contrato. Mi pareja tiene una vivienda en Martos a la cual me mudaré, pero obviamente no me va a hacer un contrato de alquier, así que me empadronaré en su domicilio.

    ¿Cumplo los requisitos para solicitar la reducción?

  14. Nuevo
    #886
    06/09/17 10:05

    Buenos días,
    He solicitado la reducción por movilidad geográfica en la renta 2016 y me dicen que no me corresponde.
    Fui demandante de empleo, vivía en otro municipio y me trasladé al municipio de mi nuevo trabajo. Tengo contrato, facturas...
    Pero tengo una duda, el cambio de domicilio fiscal tendría que haberlo hecho cuando me mudé? Porque dicho cambio lo realicé cuando hice la declaración de la renta
    Es la única causa que se me ocurre por la que me hayan denegado la reducción
    Gracias

  15. Nuevo
    #885
    06/09/17 00:49

    Buenas, me gustaría saber si hay algún beneficio a la hora de recibir la deducción por movilidad geográfica solicitarla en una comunidad autónoma u otra, si varía según la distancia del lugar de trabajo a tu domicilio de empadronamiento. Muchisimas gracias por su atención.

  16. Nuevo
    #884
    22/06/17 19:47

    Buenas tardes!

    Tengo dos dudas que necesito resolver:
    1. El año pasado no sabía que existía la reducción por movilidad geográfica y cumplía los tres requisitos: estar inscrito en la oficina de empleo, contrato de trabajo en otro municipio, cambio de residencia a otro municipio (he residido en un hostal y tengo faturas para demostrarlo). Podría realizar una declaración complementaria añadiendo movilidad geográfica? Cómo se hace esta declaración complementaria?
    2. En la declaración de este año también quiero añadir la reducción por movilidad geográfica, ya que vuelvo a cumplir los requisitos desde septiembre del año pasado, igualmente con residencia en un hostal. El caso es que el borrador me daba una cantidad a devolver de 210,26 € y después de la modificación marcando la casilla por movilidad me sale exactamente la misma cantidad a devolver. Es posible que no influya para nada en la cantidad final esta reducción o habré hecho algo mal al marcar la casilla y modificar el borrador?

    Muchas gracias!!

  17. en respuesta a Soniapm89
    -
    Top 100
    #883
    22/06/17 13:44

    Hola Sonia, si, deberías apuntarte al paro en Madrid, ciudad donde te quedas desempleada y de allí, al pasar a Galicia, empadronarte o tener contrato de alquiler una vez que empieces el nuevo trabajo.

    Espero que esto te ayude.
    Saludos,

  18. #882
    19/06/17 11:21

    Hola, estoy a punto de moverme a trabajar a otra ciudad y tengo un par de dudas:

    1. He dejado mi trabajo en Madrid de forma voluntaria, y me muevo a Galicia a un nuevo empleo, ¿me aplica la deducción por movilidad geográfica?

    2. En caso de que me aplique, ¿dónde debo apuntarme al paro? ¿en Madrid que es donde hice mi última declaración? ¿en Cantabria que es donde estoy empadronada? ¿o en Galicia que es donde voy a trabajar?

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

  19. Nuevo
    #881
    25/05/17 18:22

    Buenas tardes,

    El año pasado percibí la reducción por movilidad geográfica puesto que cambié mi residencia a otra CCAA y al ser el segundo año también tengo derecho a la reducción. En este ejercicio he trabajado en tres empresas diferentes.

    En el apartado "Indique el importe del rendimiento neto previo (*) correspondiente al puesto de trabajo aceptado" debo de incluir solo el importe del primer trabajo (el objeto de la movilidad geográfica) o de los tres?

    Mil gracias,