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Lo primero, esto NO es un consultorio sino una conversación entre inversores habituales en la que los ya iniciados en el negocio de las subastas hablamos sobre nuestras cosas, intercambiamos buenas y malas experiencias y opinamos sobre algunas de las subastas en curso.

Las consultas básicas sobre las subastas en general y sobre cualquier subasta en particular NO son bienvenidas.

Porque esto NO es una escuela de primaria de subastas.

Ni aquí queremos darle munición a los paracaidistas para competir en subastas con inversores ya iniciados que luchan con sus propias armas.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Y por último, como medida de precaución para que nadie tenga la tentación de utilizar este chat como medio para resolver sus dudas particulares, voy a proponer una única regla básica:

Que todo lo que se comente sobre cualquier subasta en curso tenga que ser aportando el código de la subasta. 

Jejeje, un pequeño misil en la línea de flotación de quien esté investigando su particular El Dorado.

Iniciemos la conversación.

 

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  1. en respuesta a clanderjander
    -
    #2600
    11/04/20 20:25
    No será coña, pero igual va con segundas, porque lo mató un catalán...;)

    La última que vi es Hunters, y tras un inicio prometedor, me pareció que iba a peor en cada episodio...
  2. en respuesta a clanderjander
    -
    Top 100
    #2599
    11/04/20 20:12
    Es que está claro que o sabes cuidar al perro y tocar la flauta o sabes redactar leyes. Las dos cosas no es posible saberlas.
  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2598
    11/04/20 20:12
    Yo en estos momentos recomiendo una serie de Netflix de coproducción rusa: Troski. 

    P.D: no es coña, muy buena serie.
  4. en respuesta a Jajavi
    -
    #2597
    11/04/20 20:04
    Hombre, Jajavi, gracias por la confianza, pero prefiero ir a lo práctico, y eso tardaremos años en verlo... aparte de que no incluye la okupación ilegal ("para ser ocupada en régimen de alquiler, de cesión de uso, o en cualquier régimen de ocupación temporal ADMITIDO EN DERECHO"), y es a cambio de una ayuda para pagar el alquiler.
    Pero, para comerse el tarro mientras no funciona nada, cada uno puede elegir el género de lectura, pelis o series que prefiera: apocalíptico, de terror, de autoayuda, etc...
    Saludos,
  5. en respuesta a Jajavi
    -
    #2596
    11/04/20 19:46
    Está abriendo de facto la ventana a la Okupacion de una vivienda vacía en manos de cualquier ente privado. A todos nos incluye.

    Lo único que encuentro que delimita la aplicación es que en principio sólo aplica a la vigencia del Estado de Alarma.

    "Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19" 

    Y después pues... a ver qué quieren legislar. 
  6. en respuesta a Jajavi
    -
    #2595
    11/04/20 19:30
    La redacción es una autentica basura, me imagino que lo habrá redactado algún podemonguer hasta arriba de porros, pero como será que ha tenido que salir el ministerio a apagar el fuego, a ver si lo modifican, porque tal cual está ahora mismo abre la puerta a esa interpretación confiscatoria y aunque se recurriera al TC por inconstitucional que lo es, ahora mismo ya está dentro del ordenamiento jurídico y es de aplicación y hasta mínimo dos años lo seguiría estando:

    "Fuentes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana niegan que esta orden abra la puerta a cualquier posibilidad de expropiación. "

    https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/Gobierno-autoriza-ocupacion-viviendas-vulnerables_0_1345065878.html
  7. en respuesta a albertco
    -
    #2594
    11/04/20 19:12
    Leyendolo detenidamente creo que no nos afecta negativamente a los poseedores de vivienda, pues parece algo voluntario, pero a ver que dice @jotaerre 
  8. en respuesta a albertco
    -
    #2593
    11/04/20 17:39
    Una redacción muy difusa y nada clara, supongo que más a propósito que por ineptitud. Poquito a poquito y por detrás van metiendo el programa bolivariano sin que nadie les tosa. De eso al exprópiese hay muy poco trecho pero tiene razón Tristán en que que disfruten de lo votado porque tengo claro que si hubiera elecciones a día de hoy, volverían a ganar.

    Y otra cosa a analizar dentro de unos años es como hemos permitido que se legisle sin control parlamentario alguno y pervirtiendo el "de extraordinaria y urgente necesidad". De facto tenemos un gobierno con poder absoluto.
  9. en respuesta a albertco
    -
    Top 100
    #2592
    11/04/20 17:27
    Macho, es que la gente vota como vota y luego se queja.
  10. #2591
    11/04/20 17:21
    Y de esto??... que me decís de esto??..  Yo alucino, de verdad que no se donde vamos a acabar. 
  11. en respuesta a subastero1983
    -
    Top 100
    #2590
    11/04/20 11:37
    Al revés, aprovechemos que las ratas abandonan el barco para hacernos con el botín. Se está abriendo la mayor ventana de oportunidad inmobiliaria de los últimos cincuenta años. Ojo, solo apta para quien tenga liquidez y huevos.
  12. #2589
    11/04/20 10:45
  13. en respuesta a Iizaguirre
    -
    Top 100
    #2587
    09/04/20 16:57
    Mi problema es el contrario, el de los tipejos que recurren y recurren porque es gratis. Y la Justicia ni está ni se la espera.
  14. en respuesta a Jotaerre
    -
    #2586
    09/04/20 16:52
    Por ejemplo: " En materia de recursos, se plantea la actualización de la cuantía litigiosa que permite el acceso a la suplicación (elevándola a 6.000 euros en general) " ¿cuantos trabajadores por ejemplo se van a poder ver impedidos a poder recurrir?

    " Además, se propone elevar a 15.000 euros la cuantía de las demandas cuyo cauce procesal se determine por razón de la cuantía" Otro tanto.


    ....
  15. en respuesta a Iizaguirre
    -
    Top 100
    #2584
    08/04/20 16:13
    Por mi parte, todas las medidas que se encaminen a agilizar la Justicia y a evitar dilaciones excesivas y a castigar los recursos injustificados, etc. cuentan de antemano con mi aprobación y aplauso.
  16. en respuesta a Iizaguirre
    -
    #2583
    08/04/20 13:47
    ¿Por?
    A mí, si habilitan agosto, me compensan este agosto y medio, o doble, forzado.
    Saludos,
  17. #2582
    08/04/20 13:42
  18. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2581
    08/04/20 13:18
    Ok.perfecto

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