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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #3660
    07/08/15 10:32

    Hola Tristan,me imagino que estas de vacaciones ,pero a lo mejor puedo consultarlo en la pag,a ver si entre todos encuentro subasteros de maquinaria .gracias y perdona

  2. en respuesta a tonigs
    -
    Top 100
    #3659
    29/07/15 15:56

    No se tiene porque suspender la subasta sino que si el adjudicatario no paga la hipoteca anterior pierde la propiedad y sanseacabó. La próxima vez estarán más atentos.

  3. #3658
    29/07/15 10:26

    Copio la misma pregunta hecha en Subastanomics:

    Buenos días Tristán y compañía,

    Me he encontrado una subasta en la cual ejecutaron la segunda hipoteca y ahora iban a ejecutar la primera, yo al verlo les comunique a los del primero que no fueran tontos, que lo parasen que cobraban igualmente de la subasta celebrada en junio y quedo desierta. Mi pregunta es: Si el banco que ejecutó la segunda hipoteca no pagara, que pasaría con esa hipoteca? Se podría cancelar? Como va eso? Es que podría ser un buen filón.

    No se ponen de acuerdo ni ellos :(... http://unidad-de-accion.com/foro/viewtopic.php?f=18&t=5167
    Gracias

  4. en respuesta a mtlc2012
    -
    Top 100
    #3657
    28/07/15 08:10

    En registradores.org se puede hacer perfectamente. Lo que pasa es que la página es penosa y de usabilidad cero. Hay que conocerla muy bien para que la cosa vaya bien.

  5. en respuesta a Pecks
    -
    #3656
    28/07/15 08:07

    Recientemente he solicitado una nota simple en el Registro y como bien dices el precio era de unos 3 €. La persona que me atendió me indicó que por internet el coste era de unos 10 €.

    Al ir a probarlo, en la pagina del Registro indica que el coste es de unos 10 € pero fuí incapaz de pedirlo. Iba pasando de una pagina a otra, a veces se bloqueada, otras era un bucle que te devolvía a unas paginas anteriores, vamos fue IMPOSIBLE.

    Lo curioso es que había otras páginas, con nombres muy parecidos pero que con dos click, la dirección de la finca y unos 20 € estaba hecho.

    ¿NO os resulta sospechoso o al menos curioso?

  6. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3655
    22/07/15 17:27

    Estoy arrepentido de no haber echó una oferta mayor de todas formas de los fallos se aprende muchas gracias por tu apoyo

  7. en respuesta a alberamat
    -
    Top 100
    #3654
    22/07/15 17:23

    La parte actora puede hacer la mejora por el 70% o, si saben que el juzgado no va a aceptar tu puja, esperar a que el juzgado declare la subasta desierta y luego adjudicársela por el 50% del tipo de subasta.

    Naturalmente yo escogería el segundo escenario

  8. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3653
    22/07/15 17:03

    Ahora que creó que si el día de la subasta no subieron la puja para adjudicarsela en ese instante ahora tendrán que pagar el 70% a no ser que quieran pedir la subasta sin postor no es así Tristan?.

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3652
    22/07/15 16:58

    Hola tristan pues no se cubre la deuda ya que es uno de los tres bienes subastados en la misma ejecución pero lo que fastidia es que parece que el juzgado esta de parte del banco ha echó el decreto a nombre del reclamante sin saber la intencion de estos.

  10. en respuesta a alberamat
    -
    Top 100
    #3651
    22/07/15 16:49

    ¿Cómo que qué haces, Alberamat? Pues pelear por lo que es tuyo.

    Si la deuda fuera enorme y no la hubieras cubierto con tu puja, entonces el juez podría tener dudas respecto a aprobar o no el remate, pero si con tu oferta has cubierto el importe de la deuda reclamada y si el banco no ofrece adjudicársela por el 70% del tipo de subasta, entonces, macho, la Ley es la Ley diga esa funcionaria envidiosa lo que diga.

  11. #3650
    22/07/15 15:14

    Buenas tardes, resulta que en mayo puje por una rústica no llegando al 50% del valor de tasación y quedó la adjudicación en suspenso, pues he llamado al juzgado y me dice una funcionaría que esta el decreto listo pero que se la adjudica una entidad bancaria la ejecutante pero que llame después para hablar con la persona que lo lleva, al rato llamó y se pone la funcionaría y me dice que esta esperando que comunique el ejecutante por cuanto se la adjudica por lo que le preguntó que si no se interesa la entidad por la misma que si puedo ser yo el adjudicatario, diciéndome que por tan poco es imposible que la ley a cambiado y que el secretario la daría desierta, al parecer a esta señora le molesta que se pueda quedar un simple mortal un secarral por poco cuando los bancos se adjudican pisos de playa por nada, creó que hay gente que debería limitarse a hacer su trabajo y nada más sin pensar ya que no están acostumbrados. Ahora que hago habló con la entidad para ver si me la vende?

  12. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3649
    20/07/15 23:25

    Gracias tristan, eso es lo que quiero que el banco se lo quede por el 70% porque mi oferta a plazos no es buena para el. De esta manera El propietario cobra la diferencia...

  13. en respuesta a Daniel82
    -
    Top 100
    #3648
    20/07/15 21:52

    El juzgado hace lo que le sale de ahí y el banco puede mejorar ofreciendo solo el 70%.

    Pero también hay otros métodos para suspender y archivar el procedimiento. Esta LEC tiene ya 15 años y te aseguro que no serías el primero en intentar algo así.

  14. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #3647
    20/07/15 20:49

    El banco acreedor no tiene porque aceptarlo, seria el juzgado no? Y en tal caso con que motivos objetivos el juzgado puede rechazarla si las garantias son sobradas y la ley no acuerda nada de limites de plazos? Hay jurisprudencia al respecto? O es que en una subasta se pueden tener consideraciones subjetivas por parte del juzgado?

  15. en respuesta a Orgaz87
    -
    Top 100
    #3646
    20/07/15 20:38

    Ni idea, Orgaz. Depende de cada oficina de subastas. Unas aceptan lo que sea y otras se suben a la parra y no se bajan de ahí por menos de 50%.

    Imposible decirlo.

  16. #3645
    20/07/15 20:13

    Buenas tardes. Estaba interesado en un solar por adjudicación directa de hacienda. No tiene cargas, solo los embargos de hacienda.
    El precio de tasación es de 23.000 euros. Dicho precio coincide muy aproximadamente con el de mercado (llevo bastante tiempo informándome sobre ese mercado).
    Podría llegar a ofrecer hasta el 40% sobre el precio de tasación.
    Teniendo en cuenta que me gusta bastante el solar y el sitio, y la compra sería para hacerme mi futura casa, ¿si hago una oferta por el 40% tendría muchas posibilidades de adjudicármelo? Ahora mismo en esa zona hay mucha oferta y muy poquita demanda.

    Muchas gracias.

  17. en respuesta a Daniel82
    -
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    #3644
    20/07/15 19:16

    La Ley te lo permite, pero ni el juzgado ni el banco acreedor lo van a aceptar

  18. #3643
    20/07/15 19:10

    Hola, tengo una duda sobre el Art. 670 de la L.E.C.
    3. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio aplazado, se harán saber al ejecutante quien, en los veinte días siguientes, podrá pedir la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 del valor de salida. Si el ejecutante no hiciere uso de este derecho, se aprobará el remate en favor de la mejor de aquellas posturas, con las condiciones de pago y garantías ofrecidas en la misma.
    Si yo tengo un inmueble que va a ejecutar el banco y vale 100.000 y el se lo va a quedar por el valor de la deuda, mas costes y etc.. que suman 50.000....
    Podría ofrecer 71.000 euros en la subasta pero un plazo a pagar de 50 años por ejemplo con las garantias hipotecarias suficientes, o la ley me impide pagar a plazos sin intereses ni ipc a tantos años.
    Gracias de antemano. Un saludo.

  19. en respuesta a alvarez_alb
    -
    #3642
    17/07/15 00:01

    Como ya te han dicho, lo más sencillo es ir al juzgado y consultar el expediente de la subasta. En el certificado de cargas suele venir la referencia catastral o sino en algun otro documento del expediente. Y en la web del catastro con ese número localizas el inmueble. A veces también en los expedientes está la base gráfica, que es una foto aérea de la finca (al estilo de google maps).
    Si el juzgado te queda lejos, y sin embargo el registro de la propiedad donde se registró ese inmueble te queda cerca, puedes acercarte y pedir una nota simple (unos 3,22€). Ahi suele venir la referencia catastral, los linderos,etc...incluso puedes pedir una base gráfica (aumenta el coste).
    Y si también el registro te queda lejos, puedes pedir las notas simples por internet. Hay varias webs que se dedican a ello, por ejemplo una es la de Registradores de España. Conociendo el nº de finca y el registro puedes pedir la nota simple (o mejor aun con el IDUFIR). El coste es sobre los 9 o 10 euros creo. Y hay más webs también.

  20. en respuesta a Ircapo
    -
    Top 100
    #3641
    16/07/15 22:33

    ¿El contacto de quién? Si es el mío, no puedo escribir mi correo en ningún sitio público porque los robots rusos volverían a llenarme el correo de spam indeseable, pero si quieres contactar pincha en mi nombre y luego en el botón de "Enviar un email"


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