Uno de los peligros de compartir una propiedad con otros es que el copropietario no lleve bien sus cuentas y que los atribulados acreedores acaben embargándole su mitad indivisa.
Cuando la subasta pública de su casa fue anunciada en el periódico La Vanguardia, hace más de catorce años, Mario no podía imaginarse que iba a tener que vivir con esa losa el resto de sus dias, pero lo cierto es que el diario digitalizó su hemeroteca y desde entonces cualquiera que consulte en los buscadores puede enterrse de su pasado de moroso. ¡Vaya putada!
Lo cierto es que esta historia ya me la conozco porque se ha repetido docenas de veces en los últimos años. Bancos cargándose empresas perfectamente viables. Así que este empresario cuenta con toda mi simpatía.
Hola, necesito orientación y ayuda, ya que pienso que intentan engañarme. Expongo el caso: Al fallecer mi padre dejó en herencia a los cuatro hermanos una vivienda en Zaragoza. Uno de los hermanos habitaba la casa, cosa que a mi no me importó, pero mis otros dos hermanos denunciaron por precario al tercero que habitaba la casa.
Hace unos meses contactó conmigo un hombre cuya esposa había pedido dinero sin su conocimiento a un usurero conocido por sus malas mañas. El hombre se había encontrado de repente con que su casa tenía una mitad indivisa hipotecada y lo cierto es que la nota simple tenía muy mala pinta.
No entiendo a que viene tanto revuelo acerca de la Dación en Pago cuando ya la tenemos recogida en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria, redactado en estos términos:
Todas las subastas tienen un precio mínimo de adjudicación tanto en subasta judicial como en los procedimientos de adjudicación directa de la Seguridad Social, a excepción de las adjudicaciones directas de la AEAT. No obstante, las adjudicaciones de AEAT se basan en el criterio de la mesa de adjudicación y va a depender de muchos factores, unos objetivos y otros no tanto, como criterios de la Dire
El Big Data consiste en la gestión de un conjunto de datos cuyo tamaño está más allá de la capacidad concebible hace tan solo unos años. Este gigantesco volumen de información requiere del uso de un nuevo software capaz de capturar, gestionar y procesar en un lapso de tiempo razonable tantos datos originados en tantos sitios diferentes. McCoy lo ha llamado la Tercera Revolución Industrial.
Los espabilados son siempre los mismos. Las anécdotas como estas se acumulan y lo cierto es que para prevenir esta nueva modalidad de okupas, nada ideológicos y que lo único que buscan es un dinerillo rápido y fácil, lo que yo hago es no comprar nada en esos vecindarios tan próximos al peligro.
Te envío este correo para saludarte, y de paso mostrarte un ejemplo de los problemas de las tasaciones en los procedimientos en los que la garantía a ejecutar es un embargo, y por tanto, algo unilateral, y no una hipoteca de mutuo acuerdo en la que alguien le “abre la puerta al tasador”.
Hace unas semanas un amable lector vizcaíno cuyo trabajo es, entre otras cosas, organizar subastas judiciales viables, me comentó el caso de un tasador que:
(...) en un alarde de imaginación, hace un informe argumentando que se puede valorar un bien sin necesidad de identificar la finca.
Seguidamente paso a exponerte mi caso: Soy titular de un embargo letra A sobre un piso tasado en 140.000 euros (aunque su valor de mercado creo que no es superior de 90.000 euros -menuda tasación). Mi embargo es de 60.000 euros de principal mas otros 4.000 para costas y gastos. Tenemos fijada la fecha de subasta para el próximo 11 de febrero.
Han salido en varios medios las declaraciones de ayer de Luis de Guindos con las modificaciones de la L.E.C, que prepara el gobierno para arruinarla ya del todo, al menos en lo que respecta a las subastas judiciales.
¿Qué pensarían los ilustres lectores de este aburrido blog, en el que siempre escribimos sobre lo mismo -las subastas y los subasteros-, de una subasta en la que el nombre de la empresa demandada, el apellido de su administrador y el de la inquilina fueran el mismo?