Re: Yo no soy policía, soy asesor
W. Petersen, tú dices en el post: Si uno renuncia a parte de sus vacaciones y a nosotros nos va bien que trabaje como extra, pues se paga por horas extras, obviamente en nómina.
Bien si no te diste cuenta de lo que escribías yo te sacare del error, el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores en el punto primero dice que las vacaciones no se podrán cambiar por percepción económica alguna, por lo cual, es delito, y en este delito, incurren la empresa, y el trabajador pesetero. Así nos va.