Intentaré escribir algo por privado -es algo técnico y complejo que aburriría la lectura de este hilo y su parte esencial que, a mi entender, es ofrecer líneas de investigación, a parte de la básica de "mi banco es el responsable y tiene que devolverme el dinero estafado" -por cierto, y para que quede claro, conclusión inicial que normalmente el estafado tiene "en caliente" y que no suelo compartir en la mayor parte de los casos que leo en este Foro de Bancos -pero que también entiendo que ellos no compartan mi subjetiva opinión.
He leído argumentos previos como "cantidad máxima que tiene de gasto una tarjeta en una única operación o al día", o de operativa de la entidad en cuestión (si la tuviera) de enviar "SMS con código de confirmación de una compra con tarjeta", etc., líneas de estudio que considero argumentales y de mayor calado en el caso de llegar a una demanda judicial.
Respecto a encontrar la normativa relativa a señalización nacional e internacional para la interconexión de Redes de Telecomunicación que aplican en el mercado español y el tratamiento de los campos y parámetros que identifican cada aspecto de una llamada es algo muy extenso, normalmente del ámbito exclusivo de los Operadores y sus departamentos de Tecnología y Normativa y del Regulador (Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) que no es habitual encontrar en Internet -aunque hoy, cualquiera sabe.
Asume que podemos estar hablando de "decenas" de documentos solo del entorno de señalización... no iba mi comentario en el sentido de que leas/aprendas de Interconexión de Redes y Normativa de Telecomunicaciones, sino de que consultes, si tu soporte legal así lo considera, con la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones o/y CNMC en línea con la "legalidad" de que un Operador de Telecomunicaciones no vele porque el número que se presenta como identidad de llamante sea "cualquier identidad" y no la identidad "física" del terminal que inicia la llamada si no tiene la autorización explícita que se indicaba en mi comentario del otro hilo de "phising"; o bien, si tienes opción a consultar con la Policía, hasta donde ellos tienen "la capacidad" de investigar la identidad del terminal que realizó en origen la llamada... i.e., un ámbito de consulta más cercano al que le puedes dedicar un tiempo productivo.
Al final este comentario se está haciendo más largo, y aburrido, de lo que era mi intención y casi no va a quedar contenido para el privado... solo un último aspecto que creo importante... tu Operador de servicios de telefonía móvil no tiene necesariamente que haber incumplido ninguna normativa (no tengas esa conclusión de mi comentario anterior)... un breve análisis: "en algún sitio de este hilo te he leído [.ru]; eso ya indica un posible origen en Rusia. Desde ese lugar geográfico, si es el real, hasta la central/antena de la red móvil que te entregó la llamada puede haber habido varios países y en cada país varios operadores nacionales o/y internacionales... investigar cuál no cumple, especialmente si es de fuera de la Unión Europea, es arduo y complejo... no te escribo para que hagas de El Quijote buscando que todos se comporten de acuerdo a la normativa nacional e internacional, sino para que reflexiones sobre cuáles podrían ser las líneas argumentativas que te puedan ser de ayuda de cara a un juez.
Disculpa si he abierto un agujero que no tiene "mucha" luz al final del camino.
Un saludo