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Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

92 respuestas
Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?
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Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?
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#31

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?


Y ojo que como ya se indica en otro post, el derecho de sucesiones cambia y mucho dependiendo de la comunidad autónoma donde residía ( a estos efectos legales) el difunto. 
#32

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

En Catalunya la legítima es del 25% paea quienes tienen derecho a la misma, hijos/as y en defecto de ellos nietos o padres....  el 75% restante se puede dejar al vecino del quinto o al/a la querido/a ... al párroco... etc.
#33

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Por favor.. no condiciones un testamento por la deuda de un móvil... en el peor de los casos (alta gama) son 1300 euros ¿en serio que por tal deuda tu madre tiene que cambiar el testamento?  No tiene sentido, incluso si al final te embargan .. 
#34

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

es que si yo estoy incluido en el testamento como heredero del piso, no creo pero llegado el caso podria ser que quisieran de nuevo embargar y lo que embargarian seria el piso, no?, por lo tanto intentare no aparecer como heredero del piso, ahora bien eso segun decis quizas no se pueda porque tendria que aparecer como deseherado de toda la herencia, no?
#35

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

es que si yo estoy incluido en el testamento como heredero del piso, no creo pero llegado el caso podria ser que quisieran de nuevo embargar y lo que embargarian seria el piso, no?, por lo tanto intentare no aparecer como heredero del piso, ahora bien eso segun decis quizas no se pueda porque tendria que aparecer como desheredado de toda la herencia, no?
#36

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Para no poner varias posibilidades y que en lugar de una respuesta esto parezca un libro, porque si te demandaron judicialmente es una cosa y si no lo hicieron el tema cambia de manera radical, por temas de prescripción.

1 - De esta supuesta deuda del movil de cuando dinero hablamos ?
2 - Dices que es de 2004 ?
3 - Te demandaron por el juzgado, o simplemente llevan años reclamando por teléfono y por carta que les debes dinero ?

 A ver, no es que las deudas caduquen, lo que prescribe es la posibilidad de relcamarlas judicalmente, entonces si no se puede por el juzgado que es lo mas duro, ya me diras .... bueno si me respondes a las 3 preguntas, seguimos. 
#37

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Hola, gracias por tu mensaje la deuda es de 730 euros más 300 € de costas e intereses a fecha de 2004 a fecha de hoy los intereses supongo que serán mucho más.La deuda me la reclamaron por el juzgado y llegaron a embargar me una cuenta, desde el año 2004 no he tenido ninguna notificación ni noticias de ningún tipo de este asunto quiero decir que si han querido comunicarme yo no he recibido esa comunicacion pq no he recibido ningún correo certificado, por esas fecha me mudé por lo que no descarto que hayan enviado alguna carta que yo no recibí, pero si tienen mi número de teléfono fijo que no ha cambiado y no me han llamado, como ves mi caso entonces, ? Gracias, saludos.
#39

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Perdona la tercera pregunta que me hacías la respuesta es que creo que sí me demandaron por el juzgado porque me llegaron a embargar la cuenta, tengo los papeles del juicio o sea que supongo que hubo una sentencia judicial, he leído un poco los papeles pero no los entiendo bien, pero vamos que si me demandaron la deuda por los juzgados, gracias, saludos
#40

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Vale, entonces no hay caducidad posible, lo que caduca es la acción de reclamación, que ya ka hicieron en su momento por el juzgado, pero la ejecución de sentencia (acciones de cobro) no caducan.

Si te hubieras opuesto a los gastos en su momento, los 300 € se los hubieran comido con patatas, porque ahora con menos de 2.000 euros, hace años menos de 900, no es necesaria la concurrencia de abogado/a, pero bueno ....esto ya no tiene solución.

700 x 3% = 21 € x 18 años = 378 de deuda por intereses, más los 700 y los 300 de gastos = 1.378 de deuda total actual (aproximadamente).

A ver, no soy abogado....aunque por estudios y mi trabajo tengo ciertos conocimientos de derecho mercantil, es posible pero muy raro que a la primera de cambio, un juez o jueza permita el embargo de una vivienda por una deuda de tan bajo importe, porque no es proporcional, no te pueden quitar una cada por 1300 euros !!! 

Evidentemente si el acreedor pide al tribunal que se embarguen cuentas, no consiguen nada, que te embarguen el coche, tampoco, que se embargue la nómina, y resulta que es inembargable porque es inferior al salario mínimo (ahora 1000 euros netos al mes), al final no quedaría otra que la vivienda, pero a la primera ir a por ella, no es imposible, pero muy, muy, improbable y en todo caso supongo (de eso no estoy seguro) que si lo pretendieran, podrías oponerte en razón de desproporción.

Pero renunciar a una herencia por 1300 euros de deuda, si que parece muy, muy desproporcionado...  en todo caso, una herencia no es una cosa "a la carta", se acepta o se rechaza, no es posible decir esto si, esto no .... porque si fuera posible, se podría decir, quiero la casa pero no la hipoteca !!!!!  Como ves no es posible .... 
#41

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Vale, entonces no hay caducidad posible, lo que caduca es la acción de reclamación, que ya ka hicieron en su momento por el juzgado, pero la ejecución de sentencia (acciones de cobro) no caducan.

Si te hubieras opuesto a los gastos en su momento, los 300 € se los hubieran comido con patatas, porque ahora con menos de 2.000 euros, hace años menos de 900, no es necesaria la concurrencia de abogado/a, pero bueno ....esto ya no tiene solución.

700 x 3% = 21 € x 18 años = 378 de deuda por intereses, más los 700 y los 300 de gastos = 1.378 de deuda total actual (aproximadamente).

A ver, no soy abogado....aunque por estudios y mi trabajo tengo ciertos conocimientos de derecho mercantil, es posible pero muy raro que a la primera de cambio, un juez o jueza permita el embargo de una vivienda por una deuda de tan bajo importe, porque no es proporcional, no te pueden quitar una cada por 1300 euros !!! 

Evidentemente si el acreedor pide al tribunal que se embarguen cuentas, no consiguen nada, que te embarguen el coche, tampoco, que se embargue la nómina, y resulta que es inembargable porque es inferior al salario mínimo (ahora 1000 euros netos al mes), al final no quedaría otra que la vivienda, pero a la primera ir a por ella, no es imposible, pero muy, muy, improbable y en todo caso supongo (de eso no estoy seguro) que si lo pretendieran, podrías oponerte en razón de desproporción.

Pero renunciar a una herencia por 1300 euros de deuda, si que parece muy, muy desproporcionado...  en todo caso, una herencia no es una cosa "a la carta", se acepta o se rechaza, no es posible decir esto si, esto no .... porque si fuera posible, se podría decir, quiero la casa pero no la hipoteca !!!!!  Como ves no es posible .... 
#42

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Hola, gracias, por tu mensaje, vaya pues acabo de hablar con un abogado y me ha dicho que ha prescrito tambien es verdad que hable ayer con otro y me dijo que no ha prescrito, como no me aclaran si ha prescrito o no,  voy a buscar un abogado para preguntarselo, sabes que especialidad tiene que tener un abogado especialista en esta materia, Mercantil??, busco un abogado Mercantil??, 

El calculo que me has hecho de la deuda creo que no es correcto del todo, porque la deuda es de 730euros no 700 es decir que el 3% serian 21,9' euros y no se si cuando se calcula el 3% hay que sumar en el primer calculo seran 751,90, y el segundo año habria que hacer el 3% sobre 751'90, que serian 22,55 euros el segundo año, no? y asi, no?
#43

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Empecemos por lo segundo ... en temas judiciales no es interés compuesto, es simple ....es un 3% del importe de la deuda, y computa desde el día de presentación de la demanda judicial (no de la fecha de la factura) hasta el día en que se realiza el pago o, el acreedor cobra a través de embargos.

Lo de los abogados, según como se lo hayas explicado o ellos hubieran entendido, podrían tener razón los dos.

A ver, lo que prescribe es la acción de reclamación que salvo error eran 5 años, se modificó la Ley y ahora son 4 y, en algunas comunidades autónomas son 3 años. Ojo que me refiero a deudas comerciales, vamos lo que serían facturas de bienes de consumo ..
.ahora bien si este teléfono se financió a través de banco o entidad de financiera, la prescripción cre que serían 10 años. En todo caso, sea deuda comercia  o financiera, ya da lo mismo porque al presentar demanda y obtener sentencia judicial, lo siguiente es la ejecución de tal sentencia .. y salvo error por mi parte, las ejecuciones de sentencias no caducan !!!!

Entonces, si a quien consultaste mo le quedó claro, sea por no explicarte bien o él o ella no comprender bien, da también lo mismo, que estabas hablando de una sentencia firme y no de una reclamación inicial, puede existir confusión en cuanto a prescripción.

Que yo sepa la carrera de derecho es única para todos, bueno hay la opción de criminologia, que es algo diferenciado, lo que ocurre es que la gente se especializa, hay quien tira por derecho de familia, quien derecho administrativo, derecho penal o derecho mercantil ... pero vamos lo de las prescripciones, se debe estudiar en primero o segundo año !!!!
#44

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Creo que lo que indico sobre caducidad de ejecución de sentencia, es incorrecto, o mejor dicho, inecxacto, pero es meramente técnivo ..  observa ....

https://www.google.com/amp/s/www.mundojuridico.info/amp/caducidad-para-ejecutar-una-sentencia/   iniciar la ejecución de la sentencia son 5 años ....tras ello, caduca ..
.. peeeeeero solo con pedir al juzgado que se inicie la ejecución de la deuda antes de 5 años, se habría cumplido con ello, aunque el resultado de la petición de embargo hubiera resultado infructuosa... se podrá volver a pedir ... antes de los 6 o después, ya que la ejecución se habría iniciado dentro de tales 5 años.

Con lo cual tienes ahí otro motivo que justifica las dos opiniones.

Como ves, si caduca, pero es algo de fácil solución, un detalle técnico.

De todos modos, me permites un consejo ????
#45

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Ah, vale, o sea que la forma de calcular el interes del dinero es de manera simple, pues menos mal porque sino se habria elevado mucho la deuda entonces la deuda es 726x3% =21,90euros, y 21,90x18=394,2,euros, mas los 300 euros de costas, el total seria 1402 euros de deuda, no se porque unos abogados me dicen una cosa y la contraria el ultimo abogado que he consultado me ha dicho que ha prescrito despues le he comentado yo lo que tu me habias comentado y el me ha dicho que es muy raro que despues de 18años vayan a embargar de nuevo nada,, ahora lo que estoy pensando si me interesa pagar esta deuda y olvidarme o intentar olvidarla sin pagarla, en fin mañana voy a consultar otro abogado a ver que me dice, muchas gracias por tus mensajes, saludos