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Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

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Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?
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Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?
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#1

Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Hola que tal, he incluido como autorizado a mi hermano en una cuenta que tengo en BBVA, pero no le he dado permisos todavia para operar y consultar la cuenta, mi duda es, si a mi me pasara algo, aunque no le haya dado los permisos para sacar dinero, mi hermano podria sacar el dinero en el caso de que a mi me pasara algo?, gracias, saludos

pd: creo que incluso si no tuviera a mi hermano como autorizado si me pasara algo, legalmente mi hermano o mi familia podria reclamar el dinero de mi cuenta, no?
#2

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

https://www.tarjetas-online.net/blog/autorizado-en-cuenta-bancaria-cuales-son-sus-derechos/
- Tras fallecer el único titular, ningún autorizado puede operar con la cuenta (da igual que tenga o no permisos). El dinero queda bloqueado para reintegros o transferencias salientes (la cuenta no se bloquea y sigue pagando recibos y tal) y sólo los herederos pueden desbloquearlo.
- Tras fallecer un titular de 2 titulares totales, la mitad del saldo a fecha de la defunción queda bloqueado y sólo los herederos pueden desbloquearlo.

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#3

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

perdone, crreo los herederos naturales si no ha dictado testamento son sus familiares mas directos, no?, quiero decir sus hermanos o madre, o padre, no?, quiero decir que si no hago testamento y con 52 años no voy a hacerlo, si me pasara algo mis herederos serian mis hermanos y mi madre, no?, gracias, saludos
#4

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Los herederos sin testamento son por orden: los hijos, padres, hermanos... siempre se sigue la sangre.
El testamento se hace en 10 minutos en cualquier notario por 35€.
Si no haces testamento, le complicarás mucho el papeleo e impuestos a tus herederos y nunca hereda el cónyuge. 

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#5

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

vale, pues si quizas haga el testamento, sabes si en el testamento como heredero puedo incluir a un primo?
pd, perdone yo ahora mismo no tengo ninguna vivienda ni vehiculo ni nada en propiedad, lo unico que tengo es una  cuenta bancaria, sabe que papeles debere llevar para hacer testamento?, como ya no hay cartillas de la cuenta bancaria, debere llevar algun documento que acredite mi cuenta bancaria, no?
#6

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Vale muchas gracias, preguntare al notario, gracias

#7

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Para hacer testamento tienes que llevar el dni y responder a las preguntas que te hagan, normalmente se dejan abiertos a toda la masa hereditaria, a repartos según la ley para que sirva según la ley en vigor en el momento de la defunción.

Así si mañana te compras un coche, un piso,... el mismo testamento te vale y no tienes que hacer otro actualizando los bienes.

Si algo en concreto (un cuadro, un coche,..) lo quieres dejar a alguien en concreto pues tendrás que fijarlo en el testamento diciendo el apartamento de la playa para pepito, el de la montaña a juanito,.... pero siempre tendrá que haber un remanente para poder realizar ajustes, porque con la valoración al día de la firma puede ser legal el reparto pero cuando se tenga que repartir no ser legal porque un bien se ha depreciado x% y otro se ha apreciado y% y entonces ya no se cumplen las proporciones legales.

De todas formar cuando vayas a pedir presupuesto para el testamento te dirán los papeles a llevar
#8

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

vale, muchas gracias, si llamare antes por telefono para informarme de que documento debo llevar
, perdone una cosa, entonces si yo ahora hago testamento y dentro de unos años supongamos que haya adquirido una casa, tendre que hacer de nuevo otro testamento? es que no entiendo bien eso que dice de que no tendre que hacer otro actualizando los bienes, si adquiero una propiedad no debo actualizar? gracias, saludos
#9

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Perdona si me equivoco, pero la utilidad principal del testamento es repartir una parte en quien la ley no ha considerado. Creo que si te da igual y vas a repartir de manera equitativa entre todos los que la ley dice, no necesitas testamento.

#10

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Repito que para el tema hereditario del difunto, da igual hacer el testamento o no si se quiere dejar los bienes a los hijos o si no hay hijos a los padres.

El problema es para los herederos. El repartir como dices cuesta dinero si no hay testamento. Si no hay testamento, se necesitan muchos más papeles y los papeles cuestan dinero. Y ya si entre los herederos hay alguien que no sea hijo o padre, el impuesto de sucesiones se dispara.

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#11

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

A día de hoy existen varias vecindades (vasca, navarra, aragonesa, catalana,... y territorio común) en España y por lo tanto varias formas de repartir las herencias.
Para cambiar de vecindad debes cambiar tu residencia al nuevo territorio y vivir dos años y hacer en el notario o registro (no se cual de los dos es) la voluntad de cambio de vecindad o esperar 10 años y no hacer ningún papel. Si no se quiere cambiar de vecindad hay que  hacer en el notario o registro (no se cual de los dos es) la voluntad de NO cambio de vecindad.

Así según las leyes actuales en territorio común la legitima (para los herederos universales como hijos,...) creo que son 2 tercios de forma que 1 es a partes iguales y el otro repartido como quiera el testador, creo que me dijeron que había un territorio que la legitima era 50% y en el caso de Navarra la legitima son unas cosas de la edad media que ya no existen y están valoradas en 0.

Si se hace el testamento diciendo que todo lo que tienes se reparte según la legislación vigente,.... el mismo testamento vale para todas las vecindades y posibles cambios de leyes pues dice el reparto de la legitima pero deja en manos de la ley actual si la legitima es 0%, 50%, 66% o el % que diga la ley en su momento.

Eso te lo explica el notario en el momento de la firma del testamento
#12

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Si hay testamento puedes repartir el % de libre disposición a quien tu quieras, por ejemplo a mí que soy muy majo, además el % de legitima que en territorio común puedes repartir no necesariamente en partes iguales puedes decir a un hijo mas que a otro.

Si no hay testamento, se reparte a partes iguales entre los herederos legales y estos tienen que hacer el papeleo de declararse herederos. Además de dejar el tiempo legal para que otras personas puedan declararse herederos (hijos secretos,...)

Cuando murió mi abuela (mi abuelo había muerto 25 años antes) teníamos el caso de que mi abuela había hecho testamento pero mi abuelo no, así que el papeleo de mi abuela fue rápido pero la parte de mi abuelo hubo que pedir partidas de nacimientos a 1000 km de distancia (ahora están los registros digitalizados, los que no te pueden atender por teléfono,...) y claro entre viajes, pedir papeles llevarlos al notario de donde murieron,.... solo de hacerse herederos y repartir tardaron 1 año.

Así que si quieres repartir todo a según la ley vigente,... haciendo testamento (vale sobre 40 euros) luego evitas muchos follones, pero no es estrictamente necesario
#13

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Resumen:
- Sin testamento el muerto al hoyo y el vivo al meollo.
- Con testamento el muerto al hoyo y el vivo al bollo.

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#14

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Me uno a la recomendación en hacer testamento, aun en el caso de que se deje todo a parte iguales entre los hijos. Da igual, elijas lo que elijas, mejor dejar testamento hecho.
Simplificas mucho los tramites a tus hijos, reduces plazos y abaratas.
#15

Re: Tengo a mi hermano como autorizado en mi cuenta, cuando puede sacar dinero?

Confirmando lo que ya te han indicado con anterioridad, hacer testamento facilita mucho las cosas a los herederos.

Asimismo, también como se ha comentado una autorización bancaria e incluso un poder notarial, se extingue (termina su validez) con la muerte del poderdante.

Para añadir algo, cuando uno desea tener varios herederos, puede hacer dos cosas: una es hacer un legado de algo concreto a una persona y el resto para los demás en calidad de herederos, un legatario solo recibirá una cosa o varias, pero muy determinadas, y los herederos el resto, existiera en el momento de otorgar testamento o no, serán herederos de todo lo que hubiere en el momento de fallecimiento.

La otra cosa que se puede hacer si que quiere que todos los herederos lo sean a partes iguales y son varios/as los/as beneficiarios/as, es nombrar a uno de ellos como albacea, digamos como "responsable" del reparto, ello puede evitar discusiones, cuando por ejemplo hay 4 o 5 herederos/as. Incluso se puede remunerar con un pequeño exceso a este/a albacea, por ejemplo que reciba el coche, una pequeña cantidad de dinero, por encima de los demás, etc.