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Re: Afectados por la Modificación Sexta Contrato Depósito Tú +
Me he molestado en responder al correo sobre el que nos han responido sobre los contratos separados.
Les he escrito esto:
Estimados Señores:
Me dirijo a ustedes con respecto a la respuesta proporcionada por su departamento sobre mi solicitud de RESOLVER EL CONTRATO MARCO TÚ+ y la IMPOSICIÓN VINCULADA AL MISMO.
Su departamento ha indicado en su respuesta "Que las imposiciones se documentan en contratos separados del contrato marco y por lo tanto no se pueden resolver hasta el vencimiento, no es posible resolver las imposiciones de manera anticipada en caso de disconformidad con una modificación del contrato “Depósito Tu +”.Quisiera hacer hincapié en que, de acuerdo con la Cláusula Segunda del contrato marco que dice " “El depósito de dinero amparado en este contrato, regulado por las CONDICIONES PARTICULARES anteriores y estas CONDICIONES GENERALES, (el "Contrato") se constituye por una (1) o más imposiciones a plazo que la ENTIDAD debe restituir a sus vencimientos, abonando además al TITULAR los intereses pactados en las fechas de liquidación que figuren en las condiciones específicas de cada imposición.El presente Contrato se instrumenta mediante la apertura de una cuenta de depósito a plazo".
Asimismo, la CLÁUSULA SEXTA DEL CONTRATO MARCO DEPÓSITO TU+. Hace referencia a la DURACIÓN DE LAS IMPOSICIONES, cláusula que ustedes quieren modificar, y es la razón por la que solicite RESOLVER el contrato con fecha 24 de marzo del 2023.
En vista de lo anterior, considero que la IMPOSICIÓN y el CONTRATO MARCO están estrechamente relacionados y SON INSEPARABLES. Por lo tanto, solicito nuevamente RESOLVER EL CONTRATO MARCO y LA IMPOSICIÓN VINCULADA al mismo, así como cualquier información adicional que puedan proporcionar al respecto.
En caso en que consideren que son contratos separados, solicitó que se me envíen las cláusulas por las que se rigen las imposiciones, ya que estas no aparecen en el recibo de la imposición y en ningún momento se me ha informado al respecto. Agradezco su atención y quedo a la espera de su respuesta.
Me han respondido:
Como le informábamos en la última comunicación, la modificación afecta al contrato denominado “Depósito Tú +”, que es el documento inicial que habilita a nuestros clientes para que, cuando lo consideren oportuno, formalicen contratos de depósito individuales (imposiciones). Es por este motivo que las imposiciones contratadas se documentan en contratos que se encuentran separados del contrato “Depósito Tú +” Al ser el contrato “Depósito Tu +” y cada imposición contratos separados, no es posible resolver las imposiciones de manera anticipada en caso de disconformidad con una modificación del contrato “Depósito Tu +”.
Le adjuntamos la copia de su contrato del Depósito Tú +.
Un saludo.
El equipo de Renault Bank.
Saquen sus propias conclusiones, documento que he adjuntado a mi reclamación en el BDE, hablan de contratos separados, pero uno de ellos es fantasma (se lo han inventado) pues ni cláusulas tiene, ni fundamento jurídico.
Saquen ustedes sus propias conclusiones.