Desde Renault Bank hemos analizado minuciosamente sus comunicaciones y quejas, donde nos solicita: resolver su imposición a plazo fijo como consecuencia de la propuesta de modificación de la Condición General Sexta del contrato “Depósito Tú+” que le comunicamos y aumentar al 3% el tipo de interés de su imposición a plazo.
La satisfacción de nuestros clientes es objetivo prioritario para Renault Bank. Ahora bien, la consecución de ese objetivo no debe propiciar tratos de favor ni excepcionar los compromisos asumidos. Es por ello que lamentamos reiterarle que no podemos atender sus solicitudes:
- No existe un derecho para resolver, de forma anticipada, su contrato de imposición a plazo en caso de disconformidad con la modificación del contrato denominado “Depósito Tú+”. Se trata de acuerdos separados, que no deben confundirse, y solo se ha propuesto la modificación de uno de ellos. Su contrato de imposición a plazo es un auténtico contrato, firmado digitalmente a través de una clave OTP, donde consintió la constitución de un depósito a plazo en unos términos concretos. Solo a través del contrato de imposición a plazo adquirió los derechos y asumió las obligaciones propias de cualquier depósito a plazo.
- Voluntariamente, decidió contratar una imposición a plazo en las siguientes condiciones: importe de xxxxxxx plazo de dos (2) años; y una remuneración anual del 1,10%. Desde que contrató su imposición a plazo, Renault Bank le ha pagado puntualmente la remuneración convenida.
Es indiscutible que el tipo de interés que convino con Renault Bank asciende al 1,1% anual; por varias razones: lo reconoce Usted en una comunicación que remitió a Renault Bank el tipo de interés del 1,1% fue la única remuneración que ofertaba Renault Bank al tiempo de la contratación de su imposición; Renault Bank comunicó esa concreta remuneración al Banco de España; y desde Renault Bank ha venido liquidando el tipo de interés del 1,1% sin queja ni protesta por su parte. alburgada
En comunicaciones previas se le explicó que, por un mero fallo temporal en los sistemas de nuestro proveedor externo (ya subsanado), a algunos clientes les apareció (durante 24 horas) un tipo de interés erróneo en la información de su Área Privada. Sin embargo, ello no implica un cambio de condiciones. La remuneración de los depósitos a plazo fijo, por su propia naturaleza, permanece inmutable durante su plazo de vigencia (no sufre variaciones). Por lo demás, el documento que ha exhibido es un extracto informativo de su contrato de imposición a plazo, que carece de efectos vinculantes.
La decisión de Renault Bank es definitiva y se funda en datos, pruebas y argumentos contundentes. En caso de disconformidad, tiene a su alcance las vías que habilita el ordenamiento jurídico. Aprovechamos, asimismo, para informarle que hemos detectado abundante desinformación en foros de internet, que solo persigue confundir a nuestros clientes y generar un malestar innecesario.
Atentamente,