Pues no es el caso, a la vista del apartado de las bases legales que he señalado.
No creo que nada vaya a cambiar teniendo en cuenta los hechos que has relatado y si no te han abonado los dos primeros meses... De hecho el primer mes ya deberían haber saltado las alarmas al no recibirlo, pues es un mero trámite automático de verificación de adhesión y estar al día en el pago de la renta, no de los requisitos mensuales en sí mismos.
La cosa es que las promociones se aplican a las cuentas, no a los clientes, ya que el sistema verificará los movimientos, sin distinguir entre los titulares.
En esos supuestos quizás se podría acceder a las promociones mediante una nueva cuenta individual.
Yo intentaría arreglarlo cuanto antes, bien en oficina o mediante atención al cliente, cuanto más lo dejes ir más vas a pagar. Creo que la cancelación del contrato por anticipado supone el pago de una penalización equivalente a 7 meses de renta (no recuerdo el apartado del contrato de renting en el cual se indica).