Ay amigo, cuanta ignorancia, "Identificar" no es pedir y comprobar el DNI... ¿eso de dónde te lo has sacado?
no te he pegado el artículo 3 entero porque me parecía que era obvio, pero al final del punto 2 del artículo 3 se dice:
"Reglamentariamente se establecerán los documentos que deban reputarse fehacientes
a efectos de identificación."
Si hubieras hecho algún curso sobre el tema sabrías que todavía no se ha aprobado dicho reglamento, por lo que sigue vigente el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre (oh, vaya, más legislación) que en su artículo 3 (siempre el 3, vaya por Dios) te dice lo que se entiende por identificar. Es un artículo muy largo y pesado, pero te voy a extractar el punto 5 que es bastante interesante:
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5. En el momento de establecer relaciones de negocio, los sujetos obligados recabarán de sus clientes información a fin de conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial. Asimismo, adoptarán medidas dirigidas a comprobar razonablemente la veracidad de dicha información.
Tales medidas consistirán en el establecimiento y aplicación de procedimientos de verificación de las actividades declaradas por los clientes. Dichos procedimientos tendrán en cuenta el diferente nivel de riesgo y se basarán en la obtención de los clientes de documentos que guarden relación con la actividad declarada o en la obtención de información sobre ella ajena al propio cliente.
Asimismo, los sujetos obligados deberán aplicar medidas adicionales de identificación y conocimiento del cliente para controlar el riesgo de blanqueo de capitales en las áreas de negocio y actividades más sensibles, en particular, banca privada, banca de corresponsales, banca a distancia, cambio de moneda, transferencia de fondos con el exterior o cualesquiera otras que determine la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias. Mediante orden del Ministro de Economía y Hacienda podrán aprobarse orientaciones para las distintas áreas de negocio y actividades.
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A lo mejor te parece que el artículo es demasiado ambiguo y que a ti te vale con el DNI, pero para interpretar este tipo de cosas hay una serie de organismos internos y externos que se encargan de decir qué documentos y en qué casos deben solicitar los bancos para conocer las actividades de los clientes, aunque esto no sea de dominio público. Se trata de una ley de BLANQUEO, el sentido de la identificación es mucho más amplio que la del simple DNI, al legislador lo que le interesa es conocer el origen de los fondos.
Para mí estar formado en este tema sí me parece un argumento porque, aunque tú no puedas detectarlo, eso me permite detectar la gran ignorancia que destilan tus devaneos, yéndote por las ramas con el articulado de la ley, cuando con el artículo 3 basta y sobra. Todo lo que te cito y pego es básico.
y qué donde dice que los bancos pueden negarse a realizar operaciones??
Art. 3:
En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas.
En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas.
En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas.
En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas.
Te lo pongo cuatro veces, a ver si acaso.
Por otro lado, lo que me parece de traca es que con lo crítico que sueles ser con los bancos no te des cuenta de que aquí el banco actúa contra sus propios intereses; al banco lo que le interesa es lo que tú dices, que baste el DNI para identificar, si se blanquea pues que se blanquee y me llevo mis comisiones y mis cuentas "blanqueantes". Siendo estricto en la identificación económica de los clientes los bancos tiran piedras contra su cuenta de resultados. Pero aún así lo hacen. Y aún así, a pesar de que con estas medidas se está colaborando contra el blanqueo, el terrorismo y el narcotráfico, aún así te parece mal y sigues criticando a la banca.
Ea, pues genio y figura hasta la sepultura.