Mapfre prevé recuperar de las arcas públicas al menos 19 millones de euros como consecuencia de que el Tribunal Constitucional haya rechazado una serie de medidas que fueron introducidas en el Impuesto sobre Sociedades en el real decreto ley 3/2016, que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy para aumentar la recaudación a través de esta figura impositiva.
La aseguradora incluye este cálculo en su informe financiero anual. Esta recuperación millonaria se debe a que Mapfre, como consecuencia de la reforma, tuvo que integrar en su base imponible, por quintas partes, los deterioros de participaciones que hubieran sido fiscalmente deducibles hasta 2012.
Al haber sido declarada inconstitucional esta medida, Mapfre recuperará de Hacienda 19 millones de euros. La compañía indica que este importe no es definitivo y que está pendiente de ser cuantificado el impacto que la normativa anterior a la aprobación del real decreto ley 3/2016 pudiera tener en la recuperación de los deterioros de participadas en los ejercicios 2021 a 2023.
No es el único concepto que afectará de manera positiva a Mapfre. El Tribunal Constitucional todavía tiene pendiente examinar la no deducibilidad de las pérdidas en transmisión de participaciones, que también se incluyó en el real decreto ley. Mapfre estima que esa futura sentencia tendrá un impacto favorable para el grupo, aunque el importe final está pendiente de ser cuantificado.
El fallo del Tribunal Constitucional tuvo lugar el pasado 18 de enero. Los magistrados optaron por la declaración de inconstitucionalidad al entender que la aprobación de una medida de este tipo para aumentar la recaudación a través del Impuesto de Sociedades vulnera la Constitución, ya que mediante un real decreto-ley no se puede "afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos".
Las modificaciones del Impuesto de Sociedades a las que hace referencia el TC incluyen la fijación de topes más severos para la compensación de bases imponibles negativas, la introducción 'ex novo' de un límite a aplicación de las deducciones por doble imposición y la obligación de integrar automáticamente en la base imponible los deterioros de participaciones que hayan sido deducidos en ejercicios anteriores. Las dos primeras medidas solo son aplicables a las grandes empresas, mientras que la tercera puede afectar a cualquier sujeto pasivo de este tipo de impuesto.
IMPACTO DEL IMPUESTO MÍNIMO DE LA OCDE
En el informe financiero de Mapfre también se recoge el posible impacto que tendrá en el grupo la aprobación del conocido como 'Pilar 2' del acuerdo fiscal global aprobado en el seno de la OCDE, que establece una fiscalidad mínima del 15% en el Impuesto sobre Sociedades.
Mapfre ha analizado la exposición a este cambio legislativo y fiscal, concluyendo que su tipo impositivo efectivo en casi todos los países en los que opera es superior al 15%, a excepción de Perú y Paraguay, donde no se alcanzaría ese mínimo.
En todo caso, recuerda Mapfre, más allá del incremento en la carga administrativa que implica la aprobación de la nueva normativa, "no se espera un impacto económico significativo" para el grupo como resultado de la aplicación de esta nueva norma