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IAG ¿buen momento?

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IAG ¿buen momento?
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IAG ¿buen momento?
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#10217

Re: Solicitar ayuda sobre información en la AK de IAG, gracias

Hola Harruinado, ¿las acciones nuevas no se pagan con los derechos que tienes? Porque si no se acude a la AK, se venden los derechos y se cobran a razon de 0,77 euros. 
No lo entiendo. Porque si se acude a la AK, la empresa Iag, se queda con tus derechos por valor de 0,77 cada uno y a más tienes que pagarles las acciones nuevas a 0,92 cada una. Si me lo puedes aclarar. Gracias. 
#10218

Re: Solicitar ayuda sobre información en la AK de IAG, gracias


Buenas noches:

Es fácil de explicar, un derecho es eso solo un derecho que tiene el accionista.

Un derecho es como una invitación que se da a sus socios para participar en este caso en una ampliación de capital,  ese derecho es la invitación sin la cual no se puede participar de esa ampliación sin derechos no puedes comprar acciones nuevas a 0,92.

Cuando se acude a la ak, necesariamente necesitas de esa invitación para poder acceder a las nuevas acciones que se pondrán en circulación a un precio de 0.92 céntimos cada una.

El que no fuera accionista no tiene derechos, y por lo tanto no puede comprar esas nuevas acciones a 0,92, ya que no tiene "invitación" para ello, si quiere comprar acciones a 0,92 euros tiene que tener invitaciones, por eso cotizan esos derechos, para el que quiera pueda vender sus "invitaciones" a otras personas que no tienen ese derecho por que no eran accionistas de la empresa a cambio de una cantidad de dinero.

Por eso los derechos cotizan, los que tengan derechos que son los accionistas que estaban en IAG hasta este pasado viernes reciben sus invitaciones, una invitación por cada acción que tengan y con esas invitaciones juntando 2 tienen derecho a 3 acciones de las nuevas pagando 0,92 por cada acción nueva..

¿Qué no quiere sus invitaciones?, pues las vende a quien se las quiera comprar, pagando el precio que el mercado diga según el número de personas (demanda) que quieran comprar esas invitaciones para luego con esas invitaciones poder comprar esas acciones al precio marcado de 0,92.

En resumidas cuentas, el derecho es solo una "invitación" sin la cual no se puede comprar acciones de las nuevas que se pondrán en circulación al precio de 0,92, se necesitan dos invitaciones para poder comprar 3 acciones nuevas pagando por ellas 0,92 por cada acción.

Espero que te lo haya explicado bien.

Un saludo.

No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#10219

Re: IAG ¿buen momento?


No siempre es así ni mucho menos, las ampliaciones de capital dependen para que se hagan, a veces es para comprar empresas, o para ampliar sus negocios, otras veces es para pagar con papel los dividendos estas son claramente dañinas(aunque son liberadas pero diluyen igualmente a quien no acude) y son las que suelen hacer las empresas españolas, esas o por que están a punto de quebrar y le pegan la estocada al accionista esas son las amplis mas famosas en España pero alguna hay por ahí que se ha hecho como Cellnex, que no ha salido mal, o las ampliaciones de Iberdrola(ampliación liberada pero ampliación) que son para pagar dividendo pero luego recompra esos títulos y lleva años haciéndolo y no para de subir.

Yo estuve hace años en muchas ampliaciones de capital, eran muchas empresas extranjeras no españolas, y bajadas te puedo decir que no había, es mas subían y subían, también eran otros tiempos donde todo subía, bueno casi todo subía hasta la bolsa española subía a si que imagínate.

IAG es una gran empresa, esta muy bien gestionada tiene en caja una pasta!! se ha comido 3000 millones el virus en el peor momento con todos los aviones parados, y todavía tiene 5000 en caja mas los 2700 de la ampli, en cuanto la normalidad vuelva, se dispara seguro,

Ahora ha recuperado algo de actividad y ya se ha ajustado a la situación actual recortando vuelos, gastos, y según vayan mejorando la cosa que no puede tardar mucho mas volverá de nuevo a volar alto.

Era un valor super alcista, le hicieron hacer un aterrizaje forzoso en el mejor momento que estaba, pago un dividendo extraordinario el año pasado, colosal por que no sabia que hacer con tanto dinero en caja, y volverá a brillar seguro.

De hecho si el virus no aparece, seguro hubieran pagado otro super dividendo extraordinario para sacar dinero de la caja, con eso te digo todo.

Saludos.




No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.

#10220

Re: Solicitar ayuda sobre información en la AK de IAG, gracias

Perfectamente, muchas gracias.
Un saludo
#10221

Re: IAG ¿buen momento?

La cuestión no es si es buena o mala empresa, la cuestión que es el sector más afectado por esta crisis y que como poco va a durar hasta marzo o abril del año que viene y a partir de ahí ya veremos demasiada incertidumbre para invertir en esta compañía y más habiendo sectores mucho mejores y mejor posicionados para cuando todo vuelva a la normalidad, el problema es si se está dentro como accionista pero en el mercado español las AK son sinónimo de problemas y por ende nada recomendable ser accionista alguna excepción hay como la que has dicho pero hay tropecientas más que son todo lo contrario, veremos esta. 
Saludos 
#10222

Re: IAG ¿buen momento?

Gracias Javiro, si, el tema de ponderan esa media lo tenia claro, crei que habia alguna otra consideracion a mayores. thx

#10223

Re: Solicitar ayuda sobre información en la AK de IAG, gracias

Buenas , veis que merezca la pena acogerse a la ampliación de capital ? Yo compré 880 a 3,30 y ando un poco perdido , muchas gracias .
#10224

Re: IAG ¿buen momento?

Los derechos de suscripción sobre ampliaciones de capital, no funcionan fiscalmente como los derechos de los dividendos en acciones, que estos últimos si tienen retención del 19%:
 
Derechos de suscripción preferente

La venta de derechos de suscripción preferente tiene para el titular de las acciones diferente tratamiento fiscal según se trate de derechos correspondientes a acciones con cotización oficial o a acciones sin cotización oficial.

1. Si el titular enajena derechos de suscripción preferente de acciones que cotizan en Bolsa el importe de la operación disminuye el valor de adquisición de las acciones, pudiéndose dar dos casos:


a) Cuando el importe obtenido en la transmisión de los derechos no exceda del valor de adquisición de las acciones de las cuales proceden (situación más habitual) la venta de derechos no tiene efectos fiscales hasta el momento en que se produzca la transmisión de las acciones, tomando como valor de adquisición de las mismas el resultado de restar a dicho valor de adquisición el importe de la venta de los derechos de suscripción a efectos de determinar la posible ganancia o pérdida patrimonial.

b) Cuando el importe obtenido en la transmisión de los derechos exceda del valor de adquisición de las acciones de las cuales proceden (situación muy remota), el exceso tributa como ganancia de patrimonio para el transmitente en el período impositivo en que se produzca dicho exceso. Posteriormente, en el momento de transmisión de las acciones el valor de adquisición de las mismas será cero a efectos fiscales para calcular la ganancia o pérdida patrimonial. 

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