Mas que la doble imposición es que no se ejecute el convenio de no residente, es decir en EEUU pagarás el 15% en general al no ser residente con haber rellenado el formulario previamente no tienes que reclamar nada a la hacienda americana es automático, y luego en España el % correspondiente pudiendo desgravar el 15% de EEUU ya pagado...
Y en Europa con un país europeo!! no se aplica el 15% de manera automática, tienes que reclamar el exceso retenido al a hacienda alemana rellenando formularios cada año para recuperar el exceso pagado por no ser residente en Alemania, y luego pagar en España la parte que corresponda del tramo, pudiendo desgravar el 15% pagado ya en Alemania.
Parece que ya se han dado cuenta de esto los burócratas europeos que no son pocos por cierto pero no por ser numerosos son eficaces, y parece se va hacer un "pasaporte" para que no se retenga ese exceso que pase del 15% sino se reside en el país de origen de la empresa que paga ese dividendo... pero hasta ese momento que llegue que pueden tardar 2 años mientras lo van haciendo, se tiene que rellenar el formulario y pedir a Alemania directamente que te devuelvan todo lo pagado demás.
En realidad pagarás lo mismo que si un dividendo en España se tratara, pero tienes que hacer tramites burocráticos que desaniman la inversión, sobre todo el tener que reclamar mediante un formulario a una hacienda extranjera te devuelvan el exceso cobrado, y luego en España otra vez al hacer la declaración no olvidarte de poner que ya has pagado el 15% fuera de España y solo tienes que pagar en España el % que complemente hasta llegar hasta tu tramo que te toque pagar.
Un saludo.
No importa lo fuerte que pegues, lo importante es mantenerse en pie.