Desde la ignorancia, pregunto: a los que planteáis la opción de actualizar al interés actual los depósitos vigentes, para no resolverlos, ¿cómo se haría, según vosotros? ¿Actualizando al 3% desde la fecha actual hasta el fin del depósito, sólo el período restante? ¿O renovando directamente por otros 24 meses más a partir de este momento? Es que no lo veo claro, porque si alguien tiene, por ejemplo, una imposición desde hace 12 meses, ¿qué hacen, le ponen al 3% los otros 12 meses restantes? ¿O le meten otros 24 meses de plazo que se suman a los 12 ya transcurridos, con lo que quedaría una vigencia total de 36 meses? Es que ya he visto varios compañeros que han sugerido esa opción, pero ninguno concreta de que forma se podría ejecutar algo así, y yo personalmente no veo claro lo de "adaptar" el interés de una imposición ya realizada al interés actual, la verdad...
Saludos.