Re: Otro Real Decreto. (Especial Funcionarios)
A ver... cuando pides excedencia, no pierdes la condiciónn de funcionario, pero lo que si pierdes es tu puesto de trabajo. Es decir, cuando quieres volver a la función pública te tienes que conformar con la plaza que haya en ese momento disponioble y que sea adecuada a tu categoría (aunque puede difirerir hasta en dos niveles).
Que quiere decir esto, pues que cuando alguien se va de excedencia, esa plaza no la ocupa un interino de manera indefinida, o bien sale en la siguiente oferta de empleo o bien se amortiza.
Esa es la regla general, poruqe como te digo, hay algunos casos concretos en los que si te guardan el puesto de trabajo durante un tiempo limitado (Cuidado de familiares, violencia de género...).
En fin , demuestras tener bastantes lagunas de como se organiza la función pública, pero creo que sería más prudente por tu parte informarte un pco mejor que tratar de desprestigiar a todos aquellos que se han ganado una plaza limpiamente con su esfuerzo.
Saludos