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Re: No procede - Ingreso mínimo vital
Esta claro que ese apartado cada uno lo va a interpretar como le de la gana, y luego tienen la cara de decir que la ley aporta seguridad juridica. Me he liado en algun momento, la parte del año en curso no se tiene en cuenta la del año anterior si pero no para calcular la cuantia. Ademas de todo esto con efectos de enero del año siguente te la tendrian que actualizar segun ingresos de todo el año y ahi en teoria no te tendrian que descontar tampoco la RAI pero seguro que esto dara problemas. Luego lo de renunciar al ingreso para pedirlo otra vez no funcionaria pero porque no puedes cumplir los requisitos el año anterior segun la renta de dos años antes para acogerte a esto. O sea si que es posible que no te descuenten la RAI pero muy complicado. Todo esto salvo mejor criterio claro.