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Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

101 respuestas
Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital
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Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital
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#16

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Lo lógico.. es decir ..atentos a los que cobran este año..cuando hagan la actualización con los ingresos de 2021
#17

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Donde lo has visto?
#18

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

La seguridad social ya ha emito varias notas de presa al respecto de las devoluciones.

Con esta actualización, en la nómina del mes de diciembre, se abonarán los aumentos generados con efectos desde el 1 de enero de 2021, cuando procedan, y así mismo, cuando se produzca la extinción o la disminución de la cuantía de la prestación, los beneficiarios de la prestación vendrán obligados a reintegrar las cantidades indebidamente percibidas, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas, y en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, tal y como se recoge en el artículo 17.2 del citado Real Decreto Ley.
#19

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Si como tu mandas las notificaciones a la gente y sabes el caso de cada quien perfecto. Que te digo yo que no a todos los que le han restado tienen que devolverlo .Llama e informate mejor. Esos comunicados son generales . Sino llama y pregunta. No voy a decir más nada .No se le puede decir a la gente así sin más " si te han bajado tienes que devolver " ...ya lo sabrán si se los dicen ellos o no .
#20

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

leete disminuido cuantia:

Con esta actualización, en la nómina del mes de diciembre, se abonarán los aumentos generados con efectos desde el 1 de enero de 2021, cuando procedan, y así mismo, cuando se produzca la extinción o la disminución de la cuantía de la prestación, los beneficiarios de la prestación vendrán obligados a reintegrar las cantidades indebidamente percibidas, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas, y en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, tal y como se recoge en el artículo 17.2 del citado Real Decreto Ley.
#21

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Vuelvo a la mismo " reintegraran algo cuando la seguridad social se los notifique " punto y si no se los notifican pues no .No tengo más nada que agregar que manía de adelantarse y asegurar las cosas .
#22

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

He dicho que recibirán notificación donde se les detalla. Nada , crea usted lo que le plazca que es muy libre, pero llegaran las notificaciones. pero no ponga usted palabra es mi boca que no he dicho.
#23

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Sabes cuál es el significado de la palabra" probablemente"? 
#24

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Pero porque dices en otro mensaje " tendrás que devolver " o algo así..es que eso esta demás hasta q la seguridad social no se lo diga ..no tenemos q decirlo nadie .hasta que no haya una comunicación no sabemos si le va a tocar devolver dinero ...así de simple. Si es adelantarse y perturbar . Pero bueno allá cada quien con lo que diga .Yo este tipo de afirmaciones la verdad que no las doy a  nadie porque la seguridad social es la que sabe a quién  reclama cuanto y como .Un saludo 
#25

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Es que "probablemente".. pueden ser tantas cosas ....... así que ... adelantarse antes de que suceda o no?????
#26

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Sabes que significa " devolver cantidad indebidamente percibida"? 
#27

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

la notificación con la reclamación de la devolución también llegara, pero aun tardara unos dos meses de media en llegar. Si lo que han hecho ha sido bajarte la cuantía lo más seguro es que te irán compensando la deuda de la propia cuantía. En la notificación que llegara te lo detallarán.

eso es lo que yo he dicho, no he dicho "tendrás que devolver", no extraiga usted.
#28

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Probablemente es lo mismo que acabas de decir tú, también estás comentando sin estar seguro de nada. Deja a los demás comentar en paz. Y lo de devolver dinero viene en la carta con la actualización, dice bien clarito que pueden reclamar las cantidades que cobraste sin que te correspondiera. Y si van a pagar atrasos a la gente que cobró de menos, es lógico que también le pidan devolver a los que cobraron de más.
#29

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

A ver yo no le he dicho a nadie " tienes que devolver dinero". Mi queja es esa !!!!...Que eso ya lo sabrá  cada cual cuando le llegue o no que le reclamen  .Yo sí me he informado de mi caso personal y no me toca regresar nada.Por eso les digo que  cada quien se informe y si tiene que reclamar reclame y si no tiene que devolver bien y si le hacen devolver pues siempre se puede reclamar  .lo que no podemos es asegurar que tiene que devolver cuando la seguridad social no se lo ha dicho .y ponen a gente nerviosa sin ninguna necesidad .Yo no afirmo nada sin estar segura. De eso es  de lo que me quejo.Porque lo llevo viendo desde meses ... Que informen sin saber el  caso de cada uno. Un saludo!!!
#30

Re: Pagos de atrasos - Ingreso mínimo vital

Es una PROBABILIDAD con la que hay que contar, te guste o no