Hola, haber... Yo lo único que te puedo decir esq si cobras las dos cosas.... Lo que hacen es una de dos : si cobras más de imv que de rvi, solo cobrarás el imv aunq la rvi la siguas teniendo aprobada, si cobras más de rvi que de imv, te pagarán el imv entero y de rvi hasta que llegues a lo que te han concedido de rvi... En cuanto a atrasos, no te puedo decir, pienso que no tendría nada q ver y pagarte lo correspondiente d cada caso y luego ya te calcularan, pero no te lo puedo asegurar... Un saludo