Buenos días a todos, os llevo siguiendo un tiempo y soy del 16/02, yo no cobre nada y me pareja lo echó 1 dia después y cobro esa ayuda hace más de 1 mes. Somos de Granada. Quiero decir también que soy opositor Admin. Del estado y discrepo de la respuesta que a dado Antonio que dice ser funcionario, creo que no lo es y si lo es vaya tela... Se toda la ley 39/2015 donde se regula el silencio admin. Y leo cada cosa que me pongo a temblar... dice Antonio que el silencio es que está aprobado pero no te lo han notificado, eso es un error como una casa de grande. El silencio admin será siempre estimatorio, menos en unos casos concretos que no voy a desglosar o cuando una norma con rango de ley indique lo contrario. Hacienda a dejado muy claro que el silencio en este caso se entiende desestimado, osea, la ayuda no será concedida terminado el plazo. La desestimacion no vincula a la resolución y contra ella podrá poner los recursos pertinentes. Si fuera estimatoria la resolución SI vincula y la resolución sólo podrá ser confirmatoria del mismo. La admin está obligada a resolver y notificar así que no os extrañes que a partir del 30 recibáis notificaciones. El plazo para interponer recurso potestativo es de 1 mes a partir del día siguiente a recibir la notificación e indefinido desde el día siguiente al silencio. Dudo mucho que un funcionario comente tal aberración.