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Mínimo vital

76 respuestas
Mínimo vital
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#16

Re: Mínimo vital

Y que lo digas! Por mi que se lo. Metan por el culo 
#17

Re: Mínimo vital

La Seguridad Social y Hacienda te los imputarán cuando te los paguen... si los cobras este año 2024 los verás en tu información fiscal del 2024 para el IRPF 2024, que es la declaración de la renta que harás el próximo año... ahora haremos IRPF 2023 sobre la base de los ingresos del año 2023.
#18

Re: Mínimo vital

Hola , tu ejemplo es muy  bueno . Pero te quería preguntar sobre otro supuesto y te agradecería una respuesta . Si en el ejercito de 2023 he percibido 6700 euros del IMV  y a parte he recibido en 2023 en el mismo año   una indemnización por daños físicos en concepto de responsabilidad patrimonial de 12 000 euros . Sumando las dos superan 1'5 veces el IPREM  12600 euros para 2023. Claro  la suma son 18700  en este caso me hacen pagar cobros indebidos ? 
Saludos 
#19

Re: Mínimo vital

Habría que ver los detalles de la misma y si está o no exenta de declararse; en el supuesto de que tengas que declararla así como indicas, pues claro que te afectaría porque se consideraría una parte de la misma (6100.- euros en concreto, que provienen de los 18700 que citas menos los 12600 primeros exentos) como rendimientos del trabajo.

No obstante (suponiendo que no hubiera por ahí otras cosas de ingresos computables para el IMV y que seas tu solo de unidad familiar) como el resultado de tu casilla 0022 serían 4100.- euros en el supuesto de que tu casilla 0022 del IRPF 2022 fuese cero, serias firme candidato a que esos 4100.- euros imputados no se te descuenten del IMV aplicando el SISTEMA DE INCENTIVOS al IMV en la próxima revisión de cuantías a final de año.

Como ves, hay muchos matices; te recomiendo que leas en detalle los artículos que te pongo al final y en caso de dudas contactes con alguna asesoría o gestor fiscal que pueda ayudarte mejor sobre tu caso concreto.

https://elderecho.com/como-tributan-las-indemnizaciones-por-danos-y-perjuicios

https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Biblioteca/Manual/Practicos/IRPF/IRPF-2023/ManualRenta2023_es_es.pdf


#20

Re: Mínimo vital

A ver   ritekg5  te lo explico mejor a ver si me puedes ayudar . Los 12000 euros que percibí de los juzgados es una indemnización por responsabilidad patrimonial ley IRPF art 7 letra Q . Este dinero esta exento del IPRF y tampoco computa según ley del  ingreso mínimo vital.  Los ingresos son 12000 concepto de responsabilidad patrimonial que no computa ni para renta ni para el IMV. Y 6700 que son del IMV pero que tampoco computa en renta 2023.  
Yo de todos modos supero los 1.5 veces los 12600 euros . Percibí 18700 pero me pueden computar un dinero que esta exento como los 12 000 que son no computables para el IMV?  Ya que es una indemnización por danos en concepto de responsabilidad patrimonial por una cirugía mal hecha con secuelas . Yo entrando en el borrador de hacienda datos fiscales  tampoco veo este dinero de 12 000 reflejado . De hacienda me dijeron que no se computa pero no me quedo claro si hay que declararlo o no . Ellos ven mis ingresos de 2023 de hecho percibí unos 400 euros de ayuda de bono térmico y esto si esta en datos fiscales del borrador de hacienda , pero los otros 12 000 no están , y me quedo con dudas . Entonces la duda es como los 12000 no son computables para renta y IMV como me los van a sumar y decirme que supero los 12600  y me harán devolver 6100 la diferencia que supera los 12600 1,5 veces. Como seria en mi caso ?
Gracias y saludos 
#21

Re: Mínimo vital

Si esos 12000 euros no te aparecen en tus datos fiscales por ningún lado ni tampoco en el epígrafe de RENTAS EXENTAS (que es donde te aparecerá lo del IMV), para Hacienda y la Seguridad Social no existen y, por tanto, no se declaran en ningún sitio.

Es más, si te vas al manual del IRPF 2023 en su página 130 y 131 habla de ellas https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Biblioteca/Manual/Practicos/IRPF/IRPF-2023/ManualRenta2023_es_es.pdf

O sea, en tu caso no tienes que declarar nada... ni el IMV (porque no superas 1'5 veces el IPREM) ni dicha indemnización.
#22

Re: Mínimo vital

 
  • Sí que deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 12.600 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM). En el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CCAA y ayuntamientos, sólo se debe declarar, y tributar, por ese exceso.


 Por lo visto para superar  1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM  solo computan ayudas  a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CCAA y ayuntamientos, sólo se debe declarar, y tributar, por ese exceso .  Una indemnización por daños de responsabilidad patrimonial de las administraciones publicas  no entra alli . 
Corrígeme si no es así  !
Saludos
#23

Re: Mínimo vital

Es tal cual;  ya te dije antes que tu indemnización no debe computarse por ningún lado...
#24

Re: Mínimo vital

MUCHISIMAS GRASIAS ritekg5 . 
Tema resuelto ! 
Saludos 
#25

Re: Mínimo vital

Hola buenas noches, en el día de hoy hice la reclamación oportuna ya que en la notificación telematica me da la opción de hacerla en un plazo de 30 días. Me dijeron vía telefonica que no me pararían el ingreso que me abonarian el importe indicado, o sea los 337  y cuando lo resuelvan me pagarían lo que me pertenece, ahora me gustaría saber cuánto podrían tardar en contestar para saber si me dan el importe íntegro, nunca presente ninguna declaración de la renta ya que no la hice, llevo mas de tres años sin trabajar en España ya que estaba fuera, ahora estando aquí pedi cita para hacienda y tener el justificante del  2022
#26

Re: Mínimo vital

No sabría decirte, pero las reclamaciones están tardando bastantes meses en resolverlas (no tanto como las solicitudes del IMV que tardan de media un año en resolver el expediente, pero casi).

Quien mejor te puede responder como va tu reclamación es algún funcionario de la Seguridad Social en cita presencial que pueda acceder a tu expediente y te diga como va la reclamación... hay personas que les ha tardado dos meses obtener una respuesta y otras más de un año.
#27

Re: Mínimo vital

Sí iré a la seguridad social, a ver qué me dicen, es que llevar un años esperando para que me lo acepten y me salen con esto, es muy deficiente de su parte, como estoy en el plazo de los 30 días de reclamacion, quizás me conteste rápido eso deseo, me supongo que me abonaran desde el dia que hice la solicitud, ojala tenga una pronta y positiva respuesta, gracias por la colaboración 
#28

Re: Mínimo vital

Ok, pues nada... dales caña y a ver si tienes suerte para que te respondan rápido y valoren tu reclamación, aunque por desgracia es muy posible que digan que se basan en tus declaraciones de la renta y que como ahí tienes declarados como ingresos la RAI concedida por VG te la han imputado como ingresos y descontado por ese motivo, pero bueno, nunca se sabe con la Seguridad Social por donde van a salirte.
#29

Re: Mínimo vital

Ok, Gracias estuve mirando los enlace que has escrito, muy interesante, sabes de lo hablas , gracias por tu aportación y colaboración, gracias me ha servido bastante
#30

Re: Mínimo vital

Hola buenos días, en la mñn estuve en la seguridad social donde me facilitaron la notificación enviada, me explicaron que el motivo del cual no me han ingresado la cantidad de 603,21 es pq en el 2022 tuve un ingreso 2,735 y que esa cantidad me la descuentan de la renta anual garantizada, aquí te envío una parte de la notificación, donde figura la tabla, también me comentó que en su base de datos figura la carta de la reclamación que hice en el dia de ayer, crees que me la contestaran positivamente y me entregarán el importe máximo desde el inicio de la solicitud, gracias de antemano