Tu lo qué no puedes comprender es esto !
Yo pongo este ejemplo y ya me retiro de este post,pues creo que lo habéis explicado con mucha claridad.
Una persona sola en 2024 cobra lo máximo posible,604,21 pero cobra un bono térmico de 120 euros( 10 euros al mes).
Es decir este 2024 habrá cobrado 120 euros más del tope de imv para su unidad de convivencia.
Hasta la actualización de noviembre de 2025 estará cobrando 10 euros por encima de su tope y le bajará la cuantía a 594,21 por haber cobrado desde noviembre de 2023 a noviembre de 2024 10 euros de más.
Habrá generado deuda de 120 euros.
Pero no paga dos veces puesto que si en 2025 no ha tenido ingresos computables cuando actualicen en noviembre de 2026 volverá a subirle su imv a su cuantía máxima y tendrá derecho a atrasos.
ok si , muy bien Pero si en años posteriores sigue igual cobrando bono térmico atrasos no cobrara y la deuda que genera el la devuelve . pero la cuantía esta reducida ,,,, Es que si devuelves una deuda estas a cero cuenta limpia bebido pagado ... y la cuantía no te la devuelven perdida y cada año es igual o peor y nunca tendrás derecho a atrasos pagando la deuda y encima con cuantía reducida a mas ya que el bono sube cada año . Con esta formula vuestra y mal hecha supuestamente en 10 o 15 años si se sigue así por simple matemática el devolverá el bono cobrado de mas , no cobrara atrasos y su ingreso mínimo vital puede llegar a 0 ya que se reduce cada año por el bono térmico mas y mas . Pero a el el bono térmico o la deuda generada se devuelve con el cruce de hacienda . Pero la cuantía sigue bajando cada año
Aprende a leer los comentarios . :-)