El nombre aparece en la escritura, está a nombre de los dos, son bienes gananciales, y se lleva pagando sin problemas en una cuenta que solo figura la viuda más de 10 años.
Pero al ir al ayuntamiento a cambiar el nº de cuenta(sigue en el mismo banco), por cancelación de la anterior, el funcionario no quiso cambiarlo, puesto que le salía 100% de porcentaje al fallecido en el catastro y le dijo a la viuda el cambio " le iba a costar una pasta".
Preguntamos al notario y nos dijo que solo de notario eran más de 1000€, pero también nos dijo que no lo hiciéramos, que pagásemos el recibo y ya está, que ya se haría cuando falleciese la viuda, que era tonto hacer dos veces la repartición de herencia.
Gracias de nuevo.