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Consulta sobre Herencia

31 respuestas
Consulta sobre Herencia
Consulta sobre Herencia
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#16

Re: Consulta sobre Herencia

Hola, os cuento mi situación, mi madre ha fallecido y yo vivia con ella de herencia me ha dejado la mitad de la casa donde vivo y la otra mitad dividida entre mis hermanos y yo, es decir tengo 6/10 de la casa, casa donde llevo viviendo 52 años, mis hermanos quieren que le pague mucho dinero por ella, dinero que no tengo, que puedo hacer para que no me echen de mi casa o poder quedarme con ella o quedarme con mi 6/10 parte de la casa .en el testamento pone mitad indivisible. ¿que me recomienda? Y tengo algun derecho por vivir en ella? Muchas gracis

#17

Re: Consulta sobre Herencia

Si se hizo escritura de adjudicación, es posible que se le diera al notario la facultad de comunicar los datos al catastro, en ese caso, ya estará comunicada la variación. Si no se hizo escritura o no se le dio esa facultad, hasta que el interesado no se lo comunique al catastro, este no se entera, y por tanto, tampoco se lo comunicará a la AEAT, por lo que no aparecerá en el borrador.
La CA nunca comunica nada al catastro.

Un saludo

#18

Re: Consulta sobre Herencia

Muchas gracias, Leopol72, por tu respuesta. En efecto con fecha 30/10/2015 se hizo ante Notario la escritura de Aceptación y Adjudicación de la herencia. Y ahora que lo mencionas en tu respuesta creo que se facultó al Notario para que comunicase los cambios de propiedad a la Dirección General del Catastro.

Saludos cordiales

#19

Re: Consulta sobre Herencia

De todas maneras, el catastro tarda en actualizarse, puede que ni siquiera para el año que viene venga en el borrador.

Un saludo

#20

Re: Consulta sobre Herencia

Aún considerando la posibilidad que mencionas en tu respuesta de "lenta actualización" del Catastro, incluiré en la Declaración de 2015 de mi mujer esos % de titularidad de los inmuebles heredados, aunque no figuren en el borrador.

Por cierto, en Ferrol hay un barrio que se llama de La Magdalena (se trata de un barrio antiguo que se quiere conservar con su actual fisonomía) que, según Ordenanza Municipal, los propietarios de pisos ubicados en él están exentos de pagar el IBI. Pero esta circunstancia no anula que haya que declararlos en la Declaración del IRPF, ¿no?. Es que uno de los inmuebles heredados pertenece a ese barrio.

Saludos cordiales

#21

Re: Consulta sobre Herencia

Sí claro. Los datos erróneos o que no vengan en el borrador se deben de corregir o incluir.

De todas formas, ten en cuenta que debes de calcular la renta imputada de los inmuebles heredados, según el porcentaje de propiedad y atendiendo a los días que hayan transcurrido desde el fallecimiento de la persona de la que se hereda hasta fin de año. Si por ejemplo, el fallecimiento se produjo el 01/02/2015, tendrás que calcular: valor catastral* 334/365 días*porcentaje de propiedad*1,10% ó 2%.

Quiero entender que el piso que está exento del IBI, tiene valor catastral.

Un saludo.

#22

Re: Consulta sobre Herencia

Gracias Batiscafo por tu respuesta. Sí si el piso exento de IBI tiene valor catastral que es 75.781,12€

Saludos cordiales

#23

Re: Consulta sobre Herencia

Ambos impuestos utilizan el valor catastral, pero una exención en el IBI no la implica en el IRPF si este no dice nada al respecto.

Un saludo

#24

Re: Consulta sobre Herencia

Muchas gracias, Leopol72, por tu respuesta. Ya me parecía a mí que la exención del pago del IBI no implica que no tenga que declararse en el IRPF.

Saludos cordiales

#25

Re: Consulta sobre Herencia

Tengo una pregunta sobre este tema, mi tío, que reside en Asturias al igual que yo, y que en realidad es el marido de mi tía carnal ya fallecida me deja en herencia todos sus vienes, unos 180000€ en efectivo más un piso valorado den 70000€.
Según creo pertenezco al grupo II, cuanto debería de pagar en el impuesto de sucesiones y que posibilidades tengo para desgravar lo máximo posible, él aún no ha fallecido pero se encuentra muy enfermo.

#26

Re: Consulta sobre Herencia

A no ser que la normativa de Asturias diga lo contrario, el grupo de parentesco en mi opinión es el Grupo lll.

Un saludo.

#27

Re: Consulta sobre Herencia

La normativa de Asturias podría establecer alguna bonificación (que no creo), pero no puede cambiar el grupo al que perteneces, que es el III y con mucha suerte. Deducciones y bonificaciones muy pocas probablemente, menos mal que hay dinero en efectivo para pagar los impuestos porque te va a salir por un buen pico, del orden de 67.000 euros solo en sucesiones, sin tener en cuenta deducciones autonómicas.

Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad, deducción de 7.993,46 euros.

Lo de suerte lo digo porque al haber fallecido tu tía carnal antes, hay una corriente de opinión que cree que el vinculo puede haber desaparecido y te considerarían grupo IV. Está mas o menos generalizado que no, que eres grupo III, pero puede que te encuentres con la sorpresa y te toque recurrir. Como curiosidad, como grupo IV sale a pagar mas de 89.000 euros.

Un saludo

#29

Re: Consulta sobre Herencia

Si, esa sentencia lo deja claro, además está esta resolución del TEAC
Fecha de la resolución: 08/07/2014
Asunto:
ISD. Impuesto sobre Sucesiones. Reducción en la base liquidable por razón de parentesco con el causante. Parentesco por afinidad. Subsistencia del vínculo.
Criterio:
El parentesco por afinidad no se extingue por el fallecimiento de la persona que proporciona el vínculo con el resto del grupo familiar. Por tanto, aunque haya fallecido la persona que era el nexo, siguen siendo aplicables las reducciones previstas en la Ley para las personas unidas por dicha relación de parentesco.

El problema es la Dirección General de TRibutos que creo que todavía no se ha "allanado" a esas sentencias, y que mantiene el criterio contrario de ruptura de vinculo con fallecimiento, por eso puede ser que en la oficina competente sigan ese criterio. En cualquier caso hay base para recurrir y ganar si lo hacen.

Un saludo

#30

Re: Consulta sobre Herencia

Esto es poco menos que un robo, es increíble que el sacrificio de dos personas durante toda su vida se la lleve el estado y no sus familiares,
Lo mejor es sacar el dinero en efectivo antes del fallecimiento, a ver donde se puede colocar después, pero creo que esa es la única opción que te dejan. Mi tío me dio un poder ante notario para poder manejar todas sus cuentas.
Hay algún limite de dinero para ir ingresando en el banco poco a poco sin que los bancos lo comuniquen a hacienda?

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