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¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

49 respuestas
¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?
¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?
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#1

¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Hacienda me ha mandado una Propuesta de liquidación de 460€ por no haber declarado en el IRPF del 2013 una Subvención de 1435€, pero ocurre lo siguiente:
Yo no tenía conocimiento de que hubiera una Subvención destinada a mi y de hecho no la he recibido
Mirando las Juntas de propietarios de ese año yo particularmente he descubiero que la Comunidad de propietarios ha recibido para Subvención esa cantidad de 1435€, pero no destinada a ningún propietario en concreto
Hablando con el administrador de la comunidad de propietarios, me ha enviado una carta diciendo que esa cantidad la comunidad sí la ha recibido, pero que no sabía que era para mi y por tanto que yo no he recibido o la comunidad no me ha pagado esa Subvención de 1435€. Con esa carta junto a un Escrito respondía Hacienda
El administrador me ha dicho por teléfono que para darme esa cantidad antes antes tendrá que mencionarlo en alguna Junta
Mis dudas:
¿Cuándo se celebrará esa Junta?
Si es una Subvención según Hacienda iba destinada a mi (que yo ignoraba hasta este momento) ¿Tengo que esperar o depender de una Junta de Propietarios para que la comunidad la apruebe y me abone esa cantidad pero que la comunidad de hecho ya ha cobrado?
Respondiendo a la Propuesta de liquidación les comunico todo esto a Hacienda. Hacienda a su vez me responde y resumo: Hacienda no quiere saber nada si yo he cobrado o no esa cantidad, únicamente sentencia y debo abonar esa Propuesta de liquidación de esos 460€
Me veré obligado a pagar urgentemente esa Propuesta de liquidación con sus intereses, sinó me vendrán más intereses e incluso multas
Pregunto porque entiendo poco de leyes pero creo tener algo de sentido común.
Pregunto respecto a Hacienda:
¿Tiene derecho Hacienda a exigirme declarar en el Irpf una cantidad
Que no he recibido
Que sí han recibido terceros pero no yo en concreto
Que esos terceros pueden ser unos incompetentes como el Administrador en este caso
Previamente Hacienda antes de exigir algo a alguien por no haberlo declarado ¿ Hacienda no tendría que … ?
1º) Asegurarse de que el destinatario haya sido comunicado directamente y no mediante terceros
2º) Asegurarse de que el destinatario una vez comunicándo haya cobrado esa cantidad
Pregunto respecto al Administrador de la comunidad de propietarios:
Cómo puedo asegurarme de cobrar esa Subvención
Si pudiera ser un Correo electrónico o un Burofax en los siguientes términos:
Sr Administrador. He abonado una Propuesta de liquidación de Hacienda de 460€ por una Subvención de 1435€ (que segun Hacienda iba destinada a mi) del ejercicio 2013 como si esa Subvención la hubiese recibido, pero que yo no he recibido.
Si no me ingresan en mi cuenta esa Subvención de 1435€, procederé a descontarlo de la cuotas que abono mensualmente para los gastos de la comunidad

Agradecería consejos de alguien que entienda más que yo de leyes. Muchas gracias de antemano

#2

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Corrijo: Con esa carta junto a un Escrito respondí a Hacienda

#3

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

No sé si tendrás razón o no.

Pero ante tu pregunta: ¿Tiene derecho Hacienda a exigirme declarar en el IRPF una cantidad Que no he recibido

Yo considero que sí. Pongamos una subvención típica y más generalizada: la obtenida a través del Plan PIVE (por cambio de vehículo). Tampoco se cobra, pero hay que declararla.

Pero solamente es mi opinión que puede ser equivocada ya que desconozco el tema y el problema puede encontrarse en el mal funcionamiento de la comunidad.

Un saludo.

#4

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Gracias por la respuesta, dice Vd
<>
Pregunto yo desconocedor de estos temas
¿Compras el coche y luego declaras en el IRPF que has recibido una camtidad tal?
Creo que si es así, sí se ha recibido dicha cantidad, digamos que más disuelta, pero la has recibido
No sé si hay paralelismo con mi caso ya que yo no he recibido ni un euro de ninguna forma y Hacienda me obliga a declarar que la he recibido sin haberla recibido

#5

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Hacienda tiene conocimiento de que te corresponde cobrar una subvención, vamos, que eres el beneficiario legal; el hecho de que no te haya llegado por causas que ellos desconocen, no le interesa ni le influye. Por lo tanto, a sus efectos debes declararla, salvo que exista algún error de concepto, es decir, que no sea verdad que te corresponda. Eso es lo que debes averiguar, de qué tipo de subvención se trata (que no lo has dicho), por qué entiende Hacienda que te corresponde, por qué no te la han abonado si lo anterior es verdad, etc.
Si finalmente te corresponde y tienes que tributar por ella, toda la historia que cuentas servirá para que no te sancionen, pero no para librarte de pagar el principal de la liquidación correcta mas intereses de demora.

Añado: alguien tiene que haberle comunicado a Hacienda que te corresponde esa subvención, no se la han inventado, aunque puede ser un error.

Un saludo

#6

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

No me quites el mérito: el que desconoce el tema soy yo ;-)

El que recibe una subvención del Plan PIVE, no cobra la subvención. Paga un precio inferior al que tendría que abonar por su coche nuevo.

Me imagino que con tu comunidad hay un cierto paralelismo porque, aunque no has cobrado directamente, esos ingresos que ha obtenido la comunidad (o según hacienda tu) han servido para tener que pagar un importe menor en las cuotas.

Pero solamente es una opinión.

Un saludo.

#7

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Gracias por la respuesta.
Dice Vd que considera que hay casos en que Hacienda exige declarar en el IRPF una cantidad que no se ha recibido
Creo que si es así, sí se ha recibido dicha cantidad, creo que Hacienda ha concedido una subvención a toda persona que compre un coche.
Has recibido una subvención de una forma más indirecta pero la has recibido y luego esa cantidad obliga a declararla en el IRPF.
No sé si hay paralelismo con mi caso ya que yo no he recibido ni un euro de ninguna forma ni directa ni indirecta y Hacienda me obliga a declarar que la he recibido sin haberla recibido

#8

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Si no has recibido ni un euro ni de forma directa ni indirecta: RECLAMA.

Un saludo.

#9

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

A Batiscafo:
Dice Vd: Me imagino que con tu comunidad hay un cierto paralelismo porque, aunque no has cobrado directamente, esos ingresos que ha obtenido la comunidad han servido para tener que pagar un importe menor en las cuotas.
Con todo el respeto le digo que no es así ya que Hacienda ha sentenciado que el titular y único beneficiario sería únicamente yo, lo demás serían efectos colaterales que no vendrían al caso

#10

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Si descifraras el misterio de por qué te lo imputan a ti (es decir, qué subvención es), a lo mejor te podríamos ayudar más. Si no te corresponde a ti sino a la comunidad de propietarios, ese es el argumento a blandir para que te retiren la liquidación, una incorrecta imputación.

Un saludo

#11

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

A Batiscafo: ¿Hay forma de reclamar al Administrador esta subvención de buena forma?

#12

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Dices: "Hacienda tiene conocimiento de que te corresponde cobrar una subvención, vamos, que eres el beneficiario legal; el hecho de que no te haya llegado por causas que ellos desconocen, no le interesa ni le influye".
Respondo: Creo que tienes razón que esta es la forma de actuar de Hacienda, pero sería manifiestamente mejorable ya que antes de "sentenciar" debería implicarse en saber si se ha comunicado de la subvención concreta y directamente al destinatario, asi como de saber si la ha recibido, ya que en mi caso ni una cosa ni la otra.
Dices: "Por lo tanto, a sus efectos debes declararla, salvo que exista algún error de concepto, es decir, que no sea verdad que te corresponda. Eso es lo que debes averiguar, de qué tipo de subvención se trata (que no lo has dicho), por qué entiende Hacienda que te corresponde, por qué no te la han abonado si lo anterior es verdad, etc."
Respondo: ¿Cómo puedo averiguarlo?
Dices: "qué tipo de subvención se trata (que no lo has dicho)"
Respondo: Solo te puedo decir que en ese año no se pidió nada, pero sí en años anteriores la gente rellenó hojas sobre obras de la Ite, por ese lado de error de concepto no creo
¿Qué dice el administrador?: No dice nada, solo sabe que si Hacienda ha dicho que el destinatario soy yo pues que seré yo, pero hay que esperar a que me lo aprueben en una Junta de propietarios
¿Qué dice el Hacienda?: A cualquier Respuesta de un Requerimiento actúa de forma telegráfica y únicamente "sentencia" ¡Hay que pagar! ¿Explicaciones? Todas las que quieras en las letras del reverso citando leyes inaccesibles al común de los mortales.
Dices: Si finalmente te corresponde y tienes que tributar por ella, toda la historia que cuentas servirá para que no te sancionen, pero no para librarte de pagar el principal de la liquidación correcta mas intereses de demora.
Respondo: Estoy en que debo pagar sin haber recibido aún la subvención, ahora estoy en lo de cómo reclamar al Administrador (de la mejor forma) que me entregue la Subvención que Hacienda dijo que es para mi.

#13

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Por lo leído en tus comentarios, yo creo que antes de "enfrentarte" con la Agencia Tributaria, deberías de hablar con el administrador.

Ha existido "alguien" que ha comunicado a la Agencia Tributaria que tu has recibido una subvención. No lo has declarado, por tanto te reclama.

Pero ese "alguien" es posible que se haya equivocado. Por eso, si contactas con el administrador puede que te de más pistas sobre quien eran o erais los beneficiarios, si otros vecinos han recibido el requerimiento y así poder reclamar conjuntamente...

Todos nos podemos equivocar: el contribuyente, el administrador, la Agencia Tributaria, la empresa concesionaria de la subvención...

Y si ha habido un error, pues habrá que subsanarlo.

Un saludo.

#14

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

A Leopol72.
Dices: "Si descifraras el misterio de por qué te lo imputan a ti (es decir, qué subvención es), a lo mejor te podríamos ayudar más"
Respondo: Es por obras de Ite de hace años, de eso no hay ninguna duda. Solo te puedo decir que en ese año no se pidió nada, pero sí en años anteriores la gente rellenó hojas sobre obras de la Ite, por ese lado no hay duda
Dices: "Si no te corresponde a ti sino a la comunidad de propietarios, ese es el argumento a blandir para que te retiren la liquidación, una incorrecta imputación".
Respondo: El problema es que Hacienda ya "sentenció", el destinatario soy yo y tengo que pagar los 460€ de la
Propuesta de liquidación que ma han hecho. Además el Administrador lo único que me dice es que si Hacienda dice que soy el destinatario, pues debo de cobrarlo yo, pero tiene que haber Junta de propietarios y aquí viene mi duda ¿Cuándo será? ¿Me lo aprobaran?
Añado: Preferiría sin más no tener que cobrar nada ni tener que pagar nada a Hacienda, del que saldría ganando yo, ya que tendría que cobrar de Subvención de 1435€, y abonar en la Propuesta de liquidación 460€. Pero estoy metido en un embolado en el que no me gusta estar

#15

Re: ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?

Después de leer todo el hilo no me hago todavía una idea precisa de lo que ocurre. Parece que la AEAT tiene como información que tu has sido el titular de una subvención (cobrada o no), no sabemos tampoco el año, que también puede arrojar luz sobre el tema, pues el devengo en el caso de subvenciones ha cambiado para el presente ejercicio, ya que con anterioridad (antes de la reforma de la Ley 26/2014), la imputación se hacía en el ejercicio de la concesión, independientemente de que se cobrase en un periodo impositivo distinto.
De todas maneras los consejos de leopol72 y batiscafo, son muy acertados. La imputación de la subvención proviene de una declaración informativa de un tercero (modelo 347, 345...) o bien de los datos provenientes de la Intervención General de la Administración del Estado a través de la base de datos nacional de subvenciones (artículo 18 Ley 38/2003). Lo primero que hay que averiguar es por que aparece tu nombre ligado al importe de la subvención, una vez se aclare esto podría ser mas fácil tu defensa.
Saludos.