entiendo que la separación/divorcio es oficial (sentencia judicial, ante notario....)
En la consulta vinculante que enlazo abajo se describe el mismo caso: se tiene derecho a los 100 euros/mes hasta el mes anterior a que se hace oficial la separación, ya que se toma la situación a último día del mes, y en el mes del divorcio, ya no hay matrimonio el último día. En el caso que expones, si se formaliza en diciembre, sería hasta noviembre incluido.
Y si a 31 de diciembre están divorciados, es que no pueden presentar la declaración conjunta como cónyuges, cada uno tendrá que presentarla por su lado individualmente ambos o uno individual y el otro conjunta con hijos menores si existen. Pero ello no obsta para poder aplicar la deducción de la manera citada.
https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1792-21"
Partiendo de la premisa de que la mujer del consultante, a fecha 31 de enero de 2020 ya tenía acreditado su grado de discapacidad del 37%, de acuerdo con la regla 1ª establecida en el apartado 2 de dicho precepto, en este caso en que se ha producido el divorcio del consultante y de su cónyuge (la persona que origina el derecho a la deducción por cónyuge no separado legamente), en un determinado mes de 2020, en concreto en fecha 15 de julio de 2020, y teniendo en cuenta que debe tenerse en cuenta la situación existente en el último día del mes, el beneficiario no tendrá derecho a la aplicación de la deducción por el mes de julio en que se ha producido el divorcio.
Por tanto, siempre que se cumplan en este caso todos los requisitos legalmente establecidos para ello, el consultante tendrá derecho a la aplicación en su declaración de IRPF, la parte proporcional de la deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad que le corresponda, por los meses correlativos comprendidos desde enero hasta el mes de junio de 2020 (mes anterior a aquel en que se ha producido su divorcio) (100 euros cada mes), que se calculará de forma proporcional al número de meses (en el período comprendido de enero a junio), en que, se cumplan todos los requisitos señalados en el artículo 81 de la LIRPF, y con los límites establecidos legalmente.