Esto es un ejemplo del tema de la retroactividad.
Cuando la norma se aprueba a finales de mayo, se había precisado como periodo de carencia el 15 de septiembre, sin embargo, dada la expectación de la medida y el elevado número de solicitudes recibido, el Gobierno ha visto adecuado ampliar la retroactividad tres meses más. Es decir, una persona que curse la solicitud antes del 31 de diciembre y le sea aprobada (cosa que puede ocurrir en cualquier momento durante los seis meses posteriores a la solicitud), percibirá los ingresos acumulados que le correspondan desde el 1 de junio de 2020.
Ejemplo:
- 20 de octubre: se presenta solicitud
- 28 de enero: se comprueba que el solicitante cumple con todos los requisitos al momento de la solicitud, y que lo hacía también a fecha 1 de junio de 2020. Si cumple requisitos en ambas fechas, se le concederá con efectos retroactivos desde 1 de junio. Si solo los cumplía desde la solicitud, se le reconocerá la prestación desde el 1 de noviembre (el mes siguiente de la fecha de presentación de la solicitud).
Suponemos en este caso que a 1 de junio ya cumplía requisitos:
- 29 de enero: se comunica la concesión del IMV con efectos retroactivo desde 1 de junio.
- Cobrará seguramente el 1 de marzo porque se le comunica la concesión pero no ha dado tiempo que entre en la nómina de Enero que se cierra en la primera semana del mes para pagar el 1 de Febrero.