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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#42541

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Los 110€, que dices de más, son el 15% que van a ingresar durante 3 meses, antes cobrarías 700 y pico de euros, los 110€ son el 15% sobre ese dinero.
#42542

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Muchas gracias
#42543

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Así es , en ese enlace que ha puesto Angli puedes incluir al nuevo Bebe. Deberás adjuntar copia del libro de familia, certificado de nacimiento y empadronamiento donde ya figure el bebe.


#42544

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No sabes cuanto me alegro. Todas las noches pensaba en ti. No podía apartarte de mi cabeza.  Las injusticias que se cometen y  lo inhumanas que podemos llegar a ser las personas.
Ahora ya estoy tranquila.
Un saludo
#42545

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

En la renta mínima vital me han dicho que se puede ver como va la solicitud.
No está echa por Internet pero me han dicho que se puede ver igualmente.
Donde se puede mirar?

Yo he mirado aquí:
#42546

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Holaa!
Hace 2 semanas recibí una herencia,pedí cota telefonica con el inss y me dijeron que tenía que notificarlo enviandolo por correo ordinario,ya que el formulario que hay en la web de variación de datos no contemplaría la herencia, me da cosa enviarlo por carta y que no llegue o no llegue al departamento que corresponda,no voy a tener nada sellado por ellos como que les ha llegado ni nada, alguien en esta situación como lo ha hecho?
Gracias
Un saludo
#42547

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pide cita presencial y soluciónalo presencialmente; cuanto antes. mejor...
#42548

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola buenas tardes

Llevo mucho sin escribir por motivos personales, pero si os leo.
Me gustaría saber una cosa, a los que nos bajaron la cuota en diciembre nos tocará devolver ? Si me bajaron 150€, que es lo que tengo que devolver entonces, como lo cálculo ?

Un saludo cordial
#42549

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Ya...pero es imposible conseguir cita presencial,llevo 2 meses y no lo consigo,he conseguido 2 citas telefónicas y me dijeron eso,que lo tengo que enviar por correo ordinario...pero la verdad no me fío de que llegue bien 
Gracias!
#42551

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Puedes enviar el escrito por correo certificado a la Dirección Provincial de la SS de tu provincia.
#42552

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No todos recibimos una herencia todos los días 😜
Hazlo presencialmente para ahorrarte disgustos 
#42553

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola Poesíadeluna. Espero que esté todo bien. Según la casuística que como ves es de lo más variopinta, parece que el imv lo den basándose en algoritmos. Sabes seguro que lo has de devolver? No es suficiente con la bajada que te hicieron al regular tu situación? 
Un beso guapa. 

#42554

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Lidia 01 si lo envías por correo certificado, di que es correo administrativo. Tendrás una referencia de correos que, si te metes en su página (la de correos y pones dicha referencia) te dirá el día que ha llegado a su destino. 
Mucha suerte. 
#42555

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Cuando el importe a percibir sea inferior al importe percibido, los beneficiarios de la prestación vendrán obligados a reintegrar las cantidades indebidamente percibidas, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de las
cantidades indebidamente percibidas, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de  febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas, y en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.
Una vez tenemos claro que todo pago indebido debe ser devuelto, ahora surge la duda sobre el pago del mismo.
 Lo cierto es que la Seguridad Social entiende que una persona vulnerable no podría llegar a hacerse cargo del pago de ciertas cantidades directamente, por lo que establece compensar la deuda contraída mediante descuentos en la cuantía que aún se percibe del IMV, según lo establece en su punto 3 del artículo 19 por lo que se establece el ingreso mínimo vital.

Espero que te ayude.